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Asesoría para el Registro Extemporáneo y obtención de actas de nacimiento universal
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Última actualización: 02 de noviembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
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Asesoría para el Registro Extemporáneo y obtención de actas de nacimiento universal
Servicio por medio del cual cualquier persona que no cuenta con Registro de Nacimiento puede obtener su Acta de Nacimiento de forma gratuita.
¿Quién realiza este trámite?
Personas residentes en la Ciudad de México que no cuenten con registro ante el Registro civil ni acta de Nacimiento
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula de Identidad Ciudadana - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Certificado de alumbramiento con firma y número de cédula profesional del médico, así como sello del hospital o clínica donde fue atendido. En caso de no contar con este documento, presentar 2 fotografías tamaño postal de medio cuerpo y 2 de cuerpo completo, de frente, tomadas con la misma ropa y en el mismo lugar.
3. Constancia de Inexistencia de Registro de Nacimiento en el Registro Civil del Distrito Federal, o del estado en el que nació
4. Comprobante de domicilio mediante el cual se acredite el lugar de residencia habitual de la persona a registrar, que puede ser identificación oficial o en su caso la identificación de la Institución de la cual sea beneficiario.
5. Para el caso de adultos mayores: a) Acta de matrimonio o Constancia de No Matrimonio. b) Fe de bautismo c) Actas de nacimiento de hijos, nietos, hermanos o padres (se requiere un mínimo de cinco documentos diferentes) d) Identificaciones vigentes o vencidas: Credencial para Votar, Pasaporte, Credencial de Adulto Mayor expedida por el INAPAM, Licencia de Manejo, Credencial del Servicio Postal Mexicano, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Credencial Laboral, Credencial de un Centro de Desarrollo Infantil y Credencial de suministro de leche LICONSA. e) Comprobante de estudios (certificados, boletas, diplomas), Constancia de Residencia expedida por la Delegación que corresponde de acuerdo a su domicilio f) Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigüedad: Recibo de Servicio Telefónico, de Luz, de Agua o Boleta Predial (aún cuando no estén a su nombre). g) Constancia de No Registro de Nacimiento del estado donde nació, en su caso. h) Una fotografía tamaño infantil en color o blanco y negro.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Acude al Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social
2. Revisa requisitos, integra expediente, elabora credencial temporal para realizar el trámite, entrega hoja de afiliación y tramita Acta de Nacimiento.
3. Recibe Acta de Nacimiento, en su caso.
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Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Registro
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las personas que se encuentre en situación de calle y/o que no cuente con algún documento de identificación, deberá realizar el trámite de Registro de Nacimiento Extemporáneo ante el Instituto de Asistencia e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social. El trámite de Registro de Nacimiento y expedición del acta, son gratuitos, sin embargo, la búsqueda de antecedentes registrales, tendrá un costo a cargo del solicitante, de acuerdo a lo que establezca el Registro Civil. Este servicio está orientado a: a) Personas que padezcan enfermedades crónicas físicas y/o mentales, o en fase terminal; b) Adultos mayores; c) Personas con discapacidad o que vivan en circunstancias de desventaja social; d) Niñas, niños, adolescentes y personas que vivan en circunstancias de desventaja social. A efecto de realizar el trámite con mayor agilidad, resulta de gran utilidad exhibir el mayor número de documentos que acrediten a la persona.
Duración / Respuesta
1 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Constitución Política de la Ciudad de México:
Art. 6, inciso C, numeral 2 y Bases de colaboración del 23 de octubre de 2019
Otro:
Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal:
Artículos 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, y 56
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal:
Artículos 63, fracción I, 118 fracciones I, VI y VIII
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...