Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
ui-button
licencia de conducir
Mi beca para empezar
Permiso para residentes
Portal CDMX
Canje de Constancia de Verificación Vehicular
Regresar
Última actualización: 14 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría del Medio Ambiente
Imprimir
Compartir
Canje de Constancia de Verificación Vehicular
Trámite que se proporciona a la ciudadanía para canjear una constancia de Verificación Vehicular (holograma) (del “2” al “1” ó “0” ó “00”, del “1” al “0” ó “00” y del “0” al “00”), a todos aquellos vehículos que por sus características técnicas no se encuentran contenidos en el software que regula y controla la verificación vehicular en los verificentros autorizados.
¿Quién realiza este trámite?
Propietarios de vehículos automotores de combustión interna matriculados y/o que circulen en la Ciudad de México
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original
ó Cartilla de Servicio Militar - Original
ó Cédula Profesional - Original
ó Licencia para Conducir - Original
ó Pasaporte - Original
ó Tarjeta del INAPAM - Original
2. Formato
TSEDEMA-DGCA_CCV_1.pdf
debidamente requisitado
3. Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. En caso de que la tarjeta de circulación no se encuentre a nombre del solicitante, se deberá adjuntar el documento que acredite la legal posesión del vehículo. (Factura endosada, contrato de compraventa, carta responsiva u otros).
4. Constancia de Verificación Vehicular (Certificado) vigente que no rebase los límites establecidos y su respectivo holograma o constancia de prueba de evaluación técnica, que no rebase los límites establecidos.
5. Documentos que acrediten el uso de gas natural (GN) o gas licuado de petróleo (GLP) o Diesel que se indiquen en el PVVO vigente.
6. Factura o carta factura de la unidad. Solo en caso del Holograma “00”.
7. Pago de derechos. Original. (No pagar hasta que el trámite resulte procedente).
8. Presentar el vehículo para que le sea colocado el nuevo holograma y en su caso, retirado el anterior.
9. El trámite deberá realizarlo el propietario de la unidad, en caso contrario presentar: Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos y copias de las identificaciones oficiales de quienes la suscriben. Personas morales: Acta Constitutiva ó Poder Notarial y copia de la Identificación Oficial del representante o apoderado.
Requisitos para hacerlo en línea:
Contar con una cuenta de
Llave CDMX
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. El ciudadano ingresa a la página
https://canjeholograma.sedema.cdmx.gob.mx/
2. El ciudadano verifica que cumpla con los requisitos que se muestran.
3. El ciudadano inicia sesión con su cuenta Llave CDMX (El usuario deberá ser propietario del vehículo, o en su caso representante legal).
4. El ciudadano da clic en "Nuevo trámite".
5. El ciudadano verifica que la información que se carga automáticamente, de su cuenta Llave CDMX, esté correcta.
6. El ciudadano completa los datos y carga los documentos solicitados en todas las secciones del formulario.
7. El ciudadano da clic en Finalizar.
8. A continuación, un(a) servidor(a) público (a) validará la información que ingresaste y te notificará por correo la respuesta a tu petición.
9. En caso de ser aprobado su trámite deberá presentarse en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular. con lo siguiente: - Pago de Derechos: El pago de Derechos deberá presentarse en original y 1 copia. - Identificación oficial vigente con fotografía. Copia. - Presentar el vehículo para que le sea colocado el nuevo holograma y en su caso, retirado el anterior.
De manera presencial:
1. El solicitante deberá presentar el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria en original y copia simple al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.
2. El servidor público recibirá el formato de solicitud y documentación anexa, revisará y cotejará que cumplan con la totalidad de los requisitos. Una vez cumplidos los requisitos, el servidor público asignará folio, sello y entregará el acuse al solicitante, informándole el plazo de respuesta correspondiente.
3. Para el seguimiento del estado de la solicitud, el solicitante deberá de llamar por teléfono al número 5552789931 y 5551342380 ext 1690 al 1694.
4. El servidor público informará al solicitante que deberá de presentarse en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibiendo el acuse e identificación, para recibir la respuesta a su solicitud.
5. El solicitante recibirá la respuesta a su solicitud y firmará de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, el solicitante obtendrá el canje del Holograma.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Selecciona
Cuauhtémoc
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDEMA-DGCA_CCV_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
por el canje o reposición del certificado, así como de la calcomanía de verificación vehicular, relativos a la emisión de contaminantes se pagarán derechos.
Monto a pagar: $
251.00
Puedes pagar en:
Scotiabank Inverlat S.A.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Art. 180
Documento que se obtiene:
Constancia de Verificación Vehicular (Holograma)
Vigencia
Por el periodo de verificación vigente.
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Únicamente cuando el ciudadano solicite de forma presencial el trámite deberá entregar el formato de solicitud debidamente requisitado y firmado, acompañado de la copia de cada uno de los requisitos
Duración / Respuesta
10 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 180
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria Vigente:
Numeral 19.6
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 183, fracciones l y Xl.
Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 39 y 44.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 15 fracción lV y 26 fracción VI
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...