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Registro de Obra Ejecutada
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Última actualización: 02 de noviembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Registro de Obra Ejecutada
Trámite que otorga el registro a una obra ejecutada cuando esta se haya realizado sin contar con el registro de manifestación de construcción o licencia de construcción especial, y se demuestre que cumple con las disposiciones normativas y los Programas de las Alcaldías de Desarrollo Urbano.
¿Quién realiza este trámite?
Propietario o Poseedor o Representante Legal
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Certificado de Nacionalidad Mexicana - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDUVI_ROE_1.pdf
debidamente requisitado
4. Comprobante de pago de derechos correspondiente. De acuerdo al tipo de obra, el cual debe presentarse posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar. original y copia.
5. Constancia de alineamiento y número oficial vigente. Original y copia.
6. Para el caso de construcciones que requieran la instalación de tomas de agua y conexión a la red de drenaje, la solicitud y comprobante del pago de derechos. Original y copia.
7. Constancia de Adeudos de predial y agua emitida por la Administración Tributaria y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la que se acredite que se encuentra al corriente de sus contribuciones. Original y copia. En caso, de que la obra se haya ejecutado en la vía pública no serán necesarias presentar las Constancias de Adeudos.
8. Avalúo emitido por un valuador registrado ante la Secretaría de Finanzas en original y copia.
9. Comprobante de pago de la sanción equivalente del 5 al 10% del valor de las construcciones en proceso o terminadas, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar.
10. Los demás requisitos señalados para el Registro de Manifestación de Construcción Tipo A, Tipo B o Tipo C, o Licencia de Construcción Especial, según las características de la obra, con las responsivas de Director o Directora Responsable de Obra, y Corresponsables correspondientes (se encuentran dentro de este formato).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana
2. Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable
3. Realiza visita para cotejar que la construcción se apegó al proyecto que se presentó
4. Da aviso al ciudadano del monto de la sanción prevista en la norma correspondiente por tratarse de obra ejecutada, para su pago y se comunica al ciudadano la necesidad de presentar los carnets de los DRO y Corresponsables, en su caso.
5. Presenta recibo de pago de sanción y Carnets de DRO y Corresponsables para descargo
6. Se presenta en el Área de Atención Ciudadana para recibir el Registro de Obra Ejecutada.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
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Benito Juárez
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDUVI_ROE_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Costo Variable :
El costo será de acuerdo al tipo de manifestación (A, B o C) o al tipo de modalidad de la Licencia de Construcción Especial y los metros cuadrados de que se traten.
Puedes pagar en:
Bancos
Oficinas tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículos 126, 130 y 132, 185 o 186 del Código Fiscal de la Ciudad de México de conformidad con los artículos 72 y 253 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
Documento que se obtiene:
Registro
Vigencia
Permanente
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
En caso que el predio se localice en dos o mas Alcaldías el trámite se presentara ante la Ventanilla Única de la SEDUVI. La SEDUVI revisará la documentación y practicará una visita a la obra para constatar que cumple con la normatividad aplicable y se ajusta a los documentos exhibidos en la solicitud. La SEDUVI realizará el Registro de Obra Ejecutada previo pago establecido.
Duración / Respuesta
20 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículos 32, 34, 35 fracción I, 38, 39, 72 y 253.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 154 fracción XXX.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 31 fracciones VI y XII.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1 y 53 apartado A numeral 12 fracción II y apartado B inciso a fracción XVII.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 7, 10 fracciones III, XVIII y XXII, 22 y 43.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracciones I y VII, y 87fracción VI.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...