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Verificación y corrección de datos en el Sistema Integral de Administración de Infracciones
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Última actualización: 13 de noviembre de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Seguridad Ciudadana
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Verificación y corrección de datos en el Sistema Integral de Administración de Infracciones
En caso de que los datos capturados en una boleta de sanción/multa de tránsito no correspondan al vehículo, se puede solicitar la corrección de información en los Módulos de Infracciones de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, presentando los requisitos establecidos.
¿Quién realiza este trámite?
Persona interesada (titular, no titular, representante o apoderado legal) que identifica errores de información en la boleta de infracción.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional con fotografía - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Tarjeta de Circulación vigente (copia)
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. La persona interesada deberá presentarse al Área de Atención Ciudadana con los requisitos establecidos e indicar el error en la boleta de sanción.
2. La persona servidora pública revisa que la documentación sea acorde a los requisitos, y verifica la existencia del error en la boleta de sanción.
3. Después de la recepción del formato y copia de los documentos, la persona servidora pública indica a la persona interesada que deberá verificar al día siguiente la corrección solicitada en la página de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México
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Documentos Adjuntos
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Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Corrección de datos de Boletas de sanción
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Personas titulares, no titulares, representantes o apoderados legales deberán presentar los documentos señalados, los cuales deben estar vigentes. En caso de extravío de la Tarjeta de Circulación, la persona interesada deberá presentar Acta levantada ante la autoridad correspondiente.
Duración / Respuesta
1 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México:
Artículos 3 fracción XVIII, y 40
Otro:
Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México:
Artículos 3 y 60
Otro:
Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México:
Procedimiento de la Dirección General de Aplicación de Normatividad de Tránsito: Verificación y Corrección de Datos en el Sistema Integral de Administración de Infracciones
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...