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Última actualización:
21 de octubre de 2021
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UNIDAD NORMATIVA: Sistema de Aguas de la Ciudad de México
Trámite
Certificación de pago
Se realizará cuando el usuario requiera un comprobante fiscal que acredite los pagos registrados.
¿Quién realiza este trámite?
El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
¿Dónde, cuándo y cómo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. El ciudadano acude al área de atención ciudadana a solicitar el trámite
2. El servidor público recibe y revisa la documentación, captura la información en el Sistema, imprime la solicitud de trámite y recaba la firma del interesado.
3. El servidor público notifica al usuario la resolución de su solicitud.
Localiza la oficina de atención más cercana
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Documentos Adjuntos
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Costos
Certificación
Monto a pagar: $
95.00
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 103 fracciones II y X, 248 fracción XI, 430 y 432.
Documento que se obtiene:
Oficio
Vigencia
No aplica
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Tarjeta de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobante de pago de derechos
4. Presentar el número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Otros datos de interés
Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación. En caso de ser persona distinta al propietario y/o usuario y presentar carta poder deberá anexar copia de identificación de las personas firmantes.
Duración / Respuesta
15 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 103 fracciones II y X, 248 fracción XI , 422 y 432.
El contenido y legalidad de la información de este trámite, así como del formato único de solicitud es de exclusiva responsabilidad del Sujeto Obligado que norme, aplique u opere el Trámites y/o Servicio.