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Última actualización:
22 de junio de 2022
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UNIDAD NORMATIVA: Sistema de Aguas de la Ciudad de México
Trámite
Constancias de adeudos.
Se realizará cuando el usuario requiera un documento legal que indique los periodos que se adeudan.
¿Quién realiza este trámite?
El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
¿Dónde, cuándo y cómo se realiza el trámite?
De manera digital:
1. El usuario realiza TODA la operación del trámite o servicio a través de un sitio web o una herramienta electrónica. Esto incluye la solicitud, el pago (en caso de que aplique) y la respuesta. Por lo que no es necesario su realización de manera presencial.
2. En caso de que se realice el pago en línea, se podrá obtener la constancia de manera inmediata, o bien, sí se genera la línea de captura para el pago de los derechos a través de Instituciones Bancarias y Tiendas de Autoservicio, se podrá obtener la impresión de la constancia de adeudos solicitada, en cuanto el pago haya sido validado por la Secretaría de Finanzas.
www.finanzas.cdmx.gob.mx
De manera presencial:
1. El ciudadano acude al área de atención ciudadana a solicitar el trámite
2. El servidor público recibe y revisa la documentación, captura la información en el Sistema, imprime la solicitud de trámite y recaba la firma del interesado.
3. El servidor público notifica al usuario la resolución de su solicitud.
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Documentos Adjuntos
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Costos
Constancia de Adeudos
Monto a pagar: $
188.00
Puedes pagar en:
banco
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 fracción VIII del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente.
Documento que se obtiene:
Constancia
Vigencia
2 Mes(es)
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Tarjeta de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
4. Pago de derechos por la expedición de la constancia (original).
5. En caso de ser propietario: -Boleta predial a nombre del propietario o propuesta de valor catastral pagada o Escritura pública a nombre del propietario.
6. En caso de ser usuario, deberá acreditarlo con: -Contrato de Arrendamiento a su nombre o comprobante de domicilio a su nombre ser usuario o propietario.
Otros datos de interés
Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Este trámite se puede llevar a cabo a través del portal de la Secretaría de Administración y Finanzas, www.finanzas.cdmx.gob.mx, ingresando el número de cuenta relacionado con el suministro de agua. En caso de que se realice el pago en línea, se podrá obtener la constancia de manera inmediata, o bien sí se genera la línea de captura para el pago de los derechos a través de Instituciones Bancarias y Tiendas de Autoservicio, se podrá obtener la impresión de la constancia de adeudos solicitada, en cuanto el pago haya sido validado por la Secretaría de Finanzas. Cuando el trámite se solicite en línea se expedirá en relación al histórico de la cuenta; ahora bien; sí el trámite se realiza en las oficinas de atención al público se estará en posibilidad de solicitar la constancia por un periodo determinado. En caso de ser persona distinta al propietario y/o usuario y presentar carta poder deberá anexar copia de identificación de las personas firmantes.
Duración / Respuesta
15 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Articulo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 103 fracciones II, X, 248 fracción VIII, 422 y 432.
El contenido y legalidad de la información de este trámite, así como del formato único de solicitud es de exclusiva responsabilidad del Sujeto Obligado que norme, aplique u opere el Trámites y/o Servicio.