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Autorización de cambio de giro de local en mercado público
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Última actualización: 07 de diciembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Cuauhtémoc
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Autorización de cambio de giro de local en mercado público
Trámite que deben realizar los locatarios de mercados públicos, para poder ejercer un giro diferente del señalado en la cédula de empadronamiento precedente, con quince días hábiles previos a la fecha en que se pretenda cambiar de giro.
¿Quién realiza este trámite?
Locatarios de Mercados Públicos.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
Clave Única de Registro de Población (CURP) - Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TCUH_ACG_1.pdf
debidamente requisitado
4. Formato de solicitud (Original y 1 copia simple, que será el acuse del interesado)
5. Cédula de Empadronamiento. (1 copia simple y original para cotejo).
6. Comprobantes de pago de derechos por el uso y utilización de Locales de Mercados Públicos del Distrito Federal del año de la solicitud y cuatro años anteriores. (1 copia simple).
7. 3 fotografías tamaño credencial.
8. utorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud ( para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran). (1 copia simple y original para cotejo).
9. Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y cuatro años anteriores (tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración). (1 copia simple).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Acude a Ventanilla Única Delegacional a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.
2. Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
3. Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso emite la autorización.
4. Acude a Ventanilla Única Delegacional en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
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Descarga los formatos
TCUH_ACG_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Cédula
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Afirmativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La autoridad llevará a cabo la revisión y el análisis de factibilidad de la solicitud, considerando lo siguiente: Saturación de giros comerciales de un mismo tipo. Satisfacción de la demanda. Opinión de los locatarios o comerciantes con el mismo giro. Zonificación del Mercado Público. Sujetarse a la actividad comercial que establece el Catálogo de Giros para el desarrollo de actividades comerciales en Mercados Públicos de la Ciudad de México. En caso de no contar con los Comprobantes de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores, emitida por la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal.
Duración / Respuesta
5 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44 y 49.
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 264.
Otro:
Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal.:
Numerales Décimo Quinto Fracción III, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Décimo Octavo, Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno.
Otro:
Reglamento de mercados para el Distrito Federal:
Artículos 32, 35, 38, 39 y 40.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal:
Artículos 51, fracción V y 124, fracción XVII.
Otro:
Acuerdo por el que se establece el sistema de empadronamiento para comerciantes de los mercados públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado puedo ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado:
Artículos 5, 6 y 7
Otro:
Catálogo de Giros para el Desarrollo de Actividades Comerciales en Mercados Públicos de la Ciudad de México:
Artículos 1, 3, 6, 8 Fracciones I y II, 9 y 11.
Otro:
Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para Comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los Formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado.:
Artículos 6, 7 y 9.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...