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Autorización para el traspaso de derechos de cédula de empadronamiento del local en mercado público.
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Última actualización: 17 de febrero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Cuauhtémoc
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Autorización para el traspaso de derechos de cédula de empadronamiento del local en mercado público.
Tramite mediante el cual el titular de la cédula de empadronamiento traspasa sus derechos por voluntad propia a otra persona para ejercer la actividad comercial establecida en la cédula.
¿Quién realiza este trámite?
Locatarios de Mercados Públicos.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
Clave Única de Registro de Población (CURP) - Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobantes de domicilio
Recibo de Servicio de Luz - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta de impuesto Predial - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Formato
TCUH_ATD_1.pdf
debidamente requisitado
5. Formato TCUH_ATD_1, por duplicado, debidamente requisitados, con firmas autógrafas
6. Original y copia simple (para cotejo) de la Cédula de empadronamiento.
7. Copias simples de los Comprobantes de pago de derechos por el uso y utilización de Locales de Mercados Públicos del Distrito Federal, hoy Ciudad de México correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores.
8. Original y copia simple (para cotejo) del Documento de Identificación oficial del cesionario (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional)
9. 4 fotografías tamaño óvalo
10. Copia simple del Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración)
11. Autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud ( para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran). (1 copia simple y original para cotejo)
12. Original y copia simple (para cotejo) del Acta de nacimiento del cesionario
13. Original y copia simple (para cotejo) del Comprobante de domicilio del cesionario (Persona que recibe los derechos) (Recibo del Servicio de Luz, Boleta de Servicio de Agua o Estado de Cuenta de Servicio Telefónico, no mayor a tres meses de antigüedad)
14. Copia simple de la Clave Única de Registro de Población (CURP) del cesionario.
15. Original y copia simple (para cotejo) del Documento que acredita el carácter de representante o apoderado, en su caso (Carta poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público, Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite o Poder Notarial e identificación oficial del representante o apoderado).
16. Original y copia simple (para cotejo) de la Cédula de empadronamiento.
17. Original y copia simple (para cotejo) del Documento de Identificación oficial del cedente (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional)
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Acude a Ventanilla Única Delegacional a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.
2. Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
3. Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso emite la cédula.
4. Acude a Ventanilla Única Delegacional en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
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TCUH_ATD_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Cédula
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Afirmativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
La autoridad llevará a cabo la revisión y el análisis de factibilidad de la solicitud, considerando lo siguiente: Deberá prevalecer el mismo giro. El presente no se realizará cuando exista de por medio una compraventa. En caso de no contar con los Comprobantes de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores, emitida por la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal. Deberán asistir a realizar el trámite el cedente y el cesionario, firmando el formato de solicitud correspondiente.
Duración / Respuesta
5 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México:
Artículos 35, 36, 37, 39, 40, 43 y Artículo Sexto Transitorio
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México:
Artículos 29 fracción III, 32 fracciones IV y VIII y 42 fracciones V y XIV
Otro:
Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para Comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los Formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado.:
Artículos 6, 7 y 9.
Otro:
Reglamento de Mercados para el Distrito Federal:
Artículo 32, 35, 36, 37, 39 y 40.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículo 53 A numeral 12 fracción III y B numeral 3 inciso A fracciones XIX y XXII
Otro:
Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal:
Numerales Décimo Quinto Fracción IV, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Décimo Octavo y Trigésimo.
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 264.
Otro:
Acuerdo por el que se establece el sistema de empadronamiento para comerciantes de los mercados públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado puedo ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado:
Artículos 5, 6 y 7.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44, 49 y 89.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...