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Opinión técnica para la autorización de modificación, incorporación o retiro de infraestructura, servicios y demás elementos incorporados a la vía
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Última actualización: 17 de septiembre de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Movilidad
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Opinión técnica para la autorización de modificación, incorporación o retiro de infraestructura, servicios y demás elementos incorporados a la vía
Emitir opinión técnica a las adecuaciones geométricas, señalización y otros dispositivos para el control de tránsito que serán colocados en las áreas de circulación peatonal y vehicular, así como a las modificaciones de infraestructura para la movilidad que se deban ejecutar en la red vial primaria de la Ciudad de México.
¿Quién realiza este trámite?
Ciudadanos que identifiquen y justifiquen la necesidad de modificar, incorporar o retirar infraestructura, servicios y demás elementos incorporados a la vía por motivos de seguridad vial.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEMOVI_SDM_OTA_1_11.pdf
debidamente requisitado
4. Presentar fotografías, diagramas o fichas técnicas, según corresponda, indicando su naturaleza y la finalidad de la incorporación a la vía. Es necesario acreditar que existe una utilidad pública, que su incorporación resuelve una necesidad para los servicios de transporte, o facilita una actividad privada que no puede ser realizada dentro de los inmuebles (Original).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Para realizar el trámite deberás reunir los requisitos en original y una copia, una vez que tengas los requisitos completos deberás presentarte en el área de atención ciudadana correspondiente "Módulo de Atención Taxi, Seguridad Vial y Atención Ciudadana" ubicado en Av. Álvaro Obregón 269, planta baja, Col. Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc. C.P. 06700. Ciudad de México. No olvides llevar todos tus documentos.
2. Una vez que te encuentres en el área de atención ciudadana "Módulo de Atención Taxi, Seguridad Vial y Atención Ciudadana", la persona servidora pública te recibirá y revisará la documentación correspondiente.
3. La persona servidora pública realizará un análisis técnico para determinar la procedencia o no de tu solicitud.
4. Transcurridos 40 días hábiles posteriores a la entrega de tu documentación, deberás estar atento por los diversos canales de comunicación (vía telefónica o correo electrónico) pues te será notificada la procedencia o no de tu solicitud. En caso de no ser procedente te será indicada la documentación a solventar.
5. Una vez que sea notificada la procedencia de la solicitud a la persona interesada, el área responsable envía la opinión técnica a la Secretaría de Obras y Servicios o Alcaldía según corresponda para llevar a cabo dichas acciones.
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Cuauhtémoc
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Descarga los formatos
TSEMOVI_SDM_OTA_1_11.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Opinión técnica
Vigencia
Indeterminada
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. La construcción y conservación de las vialidades primarias queda reservada a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México. 2. Las vialidades secundarias corresponden a las Alcaldías. Las vías peatonales y ciclistas serán atendidas dependiendo del entorno en las que se ubiquen. 3. La Secretaría de Movilidad, derivado de las solicitudes ingresadas realizará un análisis técnico para emitir opinión a la modificación, incorporación o retiro de infraestructura en vías primarias, mismas que se envían a las instancias correspondientes para su evaluación y/o ejecución.
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Movilidad de la Ciudad de México:
Artículos 181 y 186.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículo 89.
Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.:
Artículos 199, 201 fracciones I, II, III y IV.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 195 fracciones II y XIII.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...