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Validación Vehicular Anual de las unidades que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer
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Última actualización: 10 de octubre de 2023
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Movilidad
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Validación Vehicular Anual de las unidades que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer
Consiste en una revisión documental y una inspección física-mecánica de las unidades prestadoras del Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer, obteniendo el Holograma correspondiente y la Constancia de Validación Vehicular.
¿Quién realiza este trámite?
Todas aquellas personas que cuentan con unidades vehiculares registradas ante Secretaría de Movilidad, por las personas morales que operan y/o administran aplicaciones y plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, a través de las cuales los particulares pueden contratar el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer.
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Tarjeta de Circulación vigente (solamente el caso de placas de otra entidad federativa) (Formato jpg o pdf).
2. Póliza de Seguro vigente de la unidad (Formato jpg o pdf).
3. Licencia vigente que autoriza conducir el vehículo (Formato jpg o pdf).
4. Constancia de Registro Vehicular de cada unidad que presta el servicio (Formato jpg o pdf).
5. Placa de matrícula por unidad, relacionada a la tarjeta de circulación vigente del vehículo (física o digital) (Formato jpg o pdf).
6. Pago por concepto de validación vehicular.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. Para iniciar tu trámite de Validación Vehicular deberás leer cuidadosamente el listado de requisitos. La persona titular de la constancia de registro debe ingresar a la página
https://app.semovi.cdmx.gob.mx/validacion-vehicular-2024/
2. A continuación deberás registrar y cargar lo siguiente: número de placa, número de identificación vehicular, número de tarjeta de circulación, folio del seguro, aseguradora y vigencia del seguro, constancia vigente de verificación vehicular, todo en formato jpg.
3. Una vez que tengas los requisitos completos y el comprobante de pago en original, podrás ingresar a la aplicación señalada y llenar los campos requeridos, así como cargar toda la documentación solicitada en formato ".pdf" (con una resolución de 150 DPI y máximo 500 KB) o ".jpg" (con una resolución de 150 DPI que no exceda los 3MB).
4. Cuando se tenga tu registro y tu documentación dentro del portal, la persona servidora pública revisará, validará y cotejará si la información es correcta. Si la información proporcionada por la persona concesionaria está completa, la Secretaría te notificará en un término de hasta 10 días hábiles que has concluido satisfactoriamente tu revisión documental. En caso contrario, se te indicará el procedimiento a seguir.
5. La persona operadora de la unidad tendrá que acudir al centro de verificación vehicular para realizar la inspección físico-mecánica correspondiente. Ahí mismo tendrá que realizar el pago respectivo.
6. Como persona propietaria del vehículo, una vez aprobada la inspección físico mecánica, recibirás holograma y talón de validación vehicular. El sistema expedirá la constancia de validación vehicular.
7. La persona Titular de la Constancia de registro recibe la información de aprobación de la Secretaría de Movilidad mediante sistema, quien podrá descargar la "Constancia de Validación Vehicular" ya que están las observaciones solventadas. De esta manera habrás concluido tu proceso de revisión documental y fisicomecánica. ¡Felicidades tu unidad vehicular cuenta con la aprobación para prestar un servicio de calidad! y con ello se considerará como completado el procedimiento de Validación Vehicular. * En caso de que no existiera registro de la unidad vehicular en CAMOVI y no cuente por lo tanto con Constancia de Registro Vehicular, y ya se haya acudido a la inspección físico mecánica, la persona Titular de la Constancia de Registro, para completar el procedimiento de Validación Vehicular anual y obtener la Constancia por ese trámite, deberá registrar el vehículo en el sistema CAMOVI.
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Pago de derechos por concepto de la validación vehicular.
Monto a pagar: $
2,048.00
Fundamento jurídico
Otro
Numeral Octavo.
Documento que se obtiene:
Constancia de Validación Vehicular y Holograma
Vigencia
1 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1.- Este trámite es anual y el procedimiento antes descrito aplicará exclusivamente desde la publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, hasta la finalización del año. 2.- El procedimiento atiende al Aviso correspondiente que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 3.- La Póliza de Seguro Vigente deberá ser de la unidad activa y registrada ante la Secretaría de Movilidad. Debe especificar que su cobertura es para prestar el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chófer, que indemnice los daños y perjuicios que pudiese ocasionar a los usuarios, peatones, conductores o terceros en su persona o patrimonio, con una cobertura mínima de 2500 veces la Unidad de Cuenta Vigente. 4.- Será responsabilidad de la persona Titular de la Constancia de Registro asegurar que las unidades que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chófer se encuentren registrados ante la Secretaría, así como en el Sistema de Control de Aplicaciones de Movilidad (CAMOVI) y que sus documentos aún se encuentren vigentes, en caso contrario deberá comunicarse con la Secretaría y compartir con esta dependencia los documentos actualizados que se requieran para la prestación del servicio de forma segura a las personas usuarias. 5.- Para acudir a la inspección físico mecánica, se deberá atender a las bases y criterios de los centros de verificación vehicular para la atención ciudadana. 6.- Los niveles de las fallas estarán determinadas por las personas revisoras de la inspección física-mecánica. 7.-La Constancia de Validación Vehicular se entregará, siempre y cuando se encuentre registradas las unidades vehiculares en el sistema CAMOVI y cuenten con Constancias de Registro Vehicular, además de acreditar la inspección Físico-Mecánica. 8. Para consultar el estatus de la revisión documental podrá ser visualizado mediante el portal web de la Secretaría, en donde serán indicados los documentos a subsanar. 9. Para el caso de la Validación Vehicular, las personas titulares de las unidades que no acudan a la cita de la Inspección Físico-Mecánica, tendrán la posibilidad de reagendar la cita una sola vez. Lo anterior, condicionado a la disponibilidad de citas. En caso de no presentarse por segunda vez a la Inspección Físico-Mecánica, se tendrá como no realizada la Validación Vehicular. 10. El pago se realiza directamente en los Centros de Verificación Vehicular de la Ciudad México. Se encuentra disponibles en el enlace: https://verificentros.sedema.cdmx.gob.mx/DVC/ seleccionando en el filtrado por TIPO, la opción de Gasolina, Revista Vehicular y Validación Vehicular. 11. El personal de la Secretaría realizará por los medios disponibles, la verificación de reporte de robo del vehículo como resultado de la Consulta al Registro Público Vehicular (REPUVE) de la matrícula vehicular o Número de Identificación Vehicular (número de serie).
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Movilidad de la Ciudad de México:
Artículos 1, 9, fracciones I, LXI, LXXII y LXXXV, 12, fracciones I, V, XVI y XXIX, 55, fracción I, 56, fracción III, inciso d).
Otro:
Aviso por el que se establece el proceso de Validación Vehicular Anual de las unidades que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer, correspondiente al año 2024. Publicado en la Gaceta Oficial CDMX el 11 de abril de 2024. :
En su totalidad.
Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.:
Artículos 1, 2, fracción XXIII, 57, 58 y 110
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