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Licencia de Anuncios en Vallas en Vías Secundarias.
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Última actualización: 02 de noviembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Iztapalapa
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Licencia de Anuncios en Vallas en Vías Secundarias.
La Licencia de Anuncios en Vallas permite a una persona física o moral instalar anuncios en carteleras o pantallas electrónicas situadas en predios ubicados en Vías Secundarias, con la condición de lotes baldíos o estacionamientos públicos.
¿Quién realiza este trámite?
Es el interesado en obtener la Licencia de Anuncios en Vallas para publicitar anuncios en carteleras o pantallas electrónicas colocadas en estacionamientos públicos o lotes baldíos.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Copia Certificada
3. Formato
TAIZP_DGSU_LAV_2.pdf
debidamente requisitado
4. Formato TIZTAPALAPA_LAV_1 debidamente requisitado.
5. Perspectiva o render del inmueble con los anuncios y su entorno.
6. Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
7. Escrito en el que conste la anuencia del propietario del estacionamiento público o lote baldío correspondiente para la instalación de los anuncios en vallas, o en su caso, copia del contrato de arrendamiento entre el poseedor o propietario del inmueble y el publicista.
8. Aprobación de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal, del proyecto de incremento de eficiencia del predio para alojar vehículos, cuando se pretenda instalar las Vallas en un estacionamiento público.
9. Copia simple de la credencial para votar o pasaporte o cédula profesional del propietario y poseedor del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.
10. En su caso: I. Proyecto de propuesta de recuperación y mantenimiento de áreas verdes y/o espacios públicos. II. Manifestación de voluntad para la futura suscripción del instrumento jurídico.
11. Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa, y contener la firma del solicitante.
12. Original del Comprobante de pago de derechos.
13. Copia simple de los recibos de pago del impuesto predial y del derecho de suministro de agua, respectivamente, del inmueble de que se trate, correspondientes al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta el formato debidamente llenado y la documentación necesaria a la Ventanilla Única de la Alcaldía.
2. Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, ingresa al Sistema, se le asigna un folio y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
3. Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso emite la licencia.
4. Acude a la Ventanilla Única Delegacional en el plazo de 30 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
Localiza la oficina más cercana
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Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TAIZP_DGSU_LAV_2.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
En vallas ubicadas en vías secundarias, por metro cuadrado por año.
Monto a pagar: $
2,207.00
En vallas ubicadas en vías secundarias, con pantalla electrónica, por metro cuadrado por año.
Monto a pagar: $
2,341.00
Puedes pagar en:
Bancos
Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 193, fracción I inciso g) y h)
Documento que se obtiene:
Licencia
Vigencia
3 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Afirmativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
*Este trámite sólo se solicita ante las Unidades de Atención Ciudadanas (Ventanillas Únicas de las Delegaciones correspondientes), ya que ellos son los que están facultados para emitir la Licencia de Anuncios en Vallas en Vías Secundarias. * Para realizar el ingreso de la solicitud de Licencia de Anuncios en Vallas en Vías Secundarias, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado. * La Licencia de Anuncios en Vallas en Vías Secundarias permitirá a una persona física o moral, la instalación de un anuncio por un plazo de hasta tres años, artículo 69 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal. *De conformidad a lo establecido en el artículo 70 párrafo penúltimo y último de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, no podrán otorgarse licencias a aquellas personas físicas o morales que hayan sido sancionadas en tres ocasiones por la comisión de una infracción prevista en la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, ni aquellas a las que les haya sido revocada una Licencia o un Permiso Administrativo Temporal Revocable en los nueve meses anteriores a la presentación de la solicitud. * Por lo que se refiere a la copia simple de las identificaciones oficiales que se entregan deberá estar testada la huella digital.
Duración / Respuesta
30 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículo 34 fracción I
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal:
Artículos 2 fracciones VI, XIV, XVIII; 5; 13 fracción II; 42 fracción III; 44; 49; 66 fracción I, II, III y V ; 68; 70 fracción I inciso b); 82; 83 fracción V; 84; 86 y 86 Bis
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículos 19 y 20.
Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México:
Artículos 3 fracciones I, II, XXVI, XXXV, XXXVI, XXXIX y XLI; 7 fracción II; 17; 49 fracción III; 50, 51; 69 y 73.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...