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Exposiciones en galerías abiertas y recintos de la Secretaría de Cultura con uso gratuito
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Última actualización: 11 de octubre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Cultura
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Exposiciones en galerías abiertas y recintos de la Secretaría de Cultura con uso gratuito
El programa Galerías Abiertas realiza diversos proyectos de exposiciones que se desarrollan en espacios públicos con afluencia masiva y convivencia de públicos diversos que trasforman el sentido de una calle añadiéndole un valor cultural. Acompañan a los espectadores ofreciéndoles series impresas que propician la reflexión histórica o el placer estético, fortaleciendo valores morales, sociales y culturales. Es un proyecto por una parte de intervención cultural en el espacio público, que multiplica las posibilidades de exponer a los creadores, la promoción y difusión del arte, la ciencia y la cultura, de manera gratuita.
¿Quién realiza este trámite?
Instituciones públicas o privadas, gestores culturales, curadores, artistas y público en general que solicitan exposiciones.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Carta de solicitud dirigida a la Lic. Claudia Curiel de Icaza, Secretaria de Cultura del Gobierno de la Ciudad de México, en la que se explique brevemente el proyecto, los motivos para realizarlo y el contexto en el que se está proponiendo (festival, fecha conmemorativa, etc.), además de contener: A) El título de la exposición, autor o autores participantes B) Datos de contacto (teléfono y correo electrónico) de la persona que coordina el proyecto. C) Texto descriptivo de la exposición, no mayor a dos cuartillas, D) Currículum de todos los creadores que intervienen en la exposición (máximo una cuartilla por persona), en donde se indique nacionalidad, domicilio, correo electrónico y teléfono, nombre. E) Currículum del curador de la exposición, archivo digital con el 100% de la obra (archivos JPG o TIF para PC) en baja resolución, que incluya título, lugar, año y técnica de cada una de las imágenes, con los textos de la lámina de presentación y de las cédulas, autorización del autor o autores (o en su caso, de la persona o institución que cuente con los derechos de autor correspondientes).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Los interesados deberán entregar directamente en la institución de su interés la carpeta.
2. Recibe, ingresa y somete el proyecto expositivo a un comité curatorial para su valoración.
3. Recibe respuesta.
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Costos
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Documento que se obtiene:
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Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Para la reproducción de su obra y exhibición en el Circuito de Galerías Abiertas, así como para que la Secretaría de Cultura utilice las imágenes con fines de difusión. Para el apoyo de patrocinadores se deberá proporcionar el nombre (de la empresa, o empresas, persona o personas), especificar si el apoyo es en especie o con recursos económicos (indicar monto), o los rubros en los que el patrocinador brindará apoyo (curaduría, diseño, impresión, montaje, mantenimiento y desmontaje, etc.). Cabe aclarar que por reglamentación, el logotipo de la Secretaría de Cultura no se puede asociar a logotipos de productos que pueden resultar nocivos para la salud como bebidas energizantes, azucaradas o alcohólicas y cigarros. La Secretaría de Cultura se reserva además el derecho de aceptar ciertas marcas comerciales, por lo que es requisito indispensable que esta Institución autorice todos los logos que se pretendan incluir. Para la aplicación de logotipos es muy importante observar el manual gráfico institucional del Gobierno de la Ciudad de México. El procedimiento es que la institución expositora enviará a la Subdirección de Galerías Abiertas el diseño de la lámina de título, donde se colocarán los logotipos de las instituciones participantes, y la lámina de presentación, donde se presentarán los logotipos de patrocinadores (en su caso). La autorización de su aplicación deberá estar sujeta a las líneas que marque la Dirección de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de México. No está permitido colocar logotipos en las cédulas de pie de foto ni ninguna marca o imagen, únicamente en los espacios que en su caso se autorizarán.
Duración / Respuesta
5 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 142, fracciones VII, VIII, XII y XVII.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 29, fracciones VII, XI, XIII y XIV.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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