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Constancias de Adeudos
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Última actualización: 30 de abril de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Administración y Finanzas
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Constancias de Adeudos
Trámite a través del cual se realiza una impresión del documento que relaciona los adeudos que se encuentran registrados a cargo del Contribuyente, en los sistemas electrónicos de control de la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México y en la Bóveda de Créditos, en materia de Impuesto Predial.
¿Quién realiza este trámite?
Contribuyente
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Número de Cuenta Predial
2. Correo electrónico.
3. Realizar el pago de los Derechos por la Expedición de Constancia de Adeudos.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. Ingresa a la página
https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/formato_lc/certificacion#
2. Efectúa el pago de la Línea de Captura, en el apartado “Trámites en Línea”, elige “Generar Documento”, ingresa Línea de Captura y Código de Verificación de Seguridad que proporciona el sistema en la siguiente liga:
http://data.finanzas.cdmx.gob.mx
3. Envía al correo electrónico proporcionado la “Constancia de Adeudos”
4. Accede a su correo electrónico e imprime la “Constancia de Adeudos”.
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
constancia de adeudos, por cada cuenta, placa o registro de contribuyente
Monto a pagar: $
209.00
Puedes pagar en:
Bancos
Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 248 fracción VIII.
Documento que se obtiene:
Constancia
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Ninguno
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El solicitante recibirá en el correo electrónico proporcionado la certificación una vez efectuado el pago e ingresada la Línea de Captura en el sistema.
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglas de Carácter General para la Gestión de Trámites a través de Medios Electrónicos ante la Secretaría de Finanzas:
Todo el documento
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 248, fracción VIII
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...