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Planes de Manejo de Residuos
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Última actualización: 28 de diciembre de 2023
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría del Medio Ambiente
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Planes de Manejo de Residuos
El plan de manejo es el instrumento de gestión integral de los residuos solidos, que contiene el conjunto de acciones, procedimientos, así como las disposiciones generales de productos de consumo que al desecharse se convierten en residuos solidos. Siendo su objetivo principal fomentar la minimización de la generación de los residuos, promover la responsabilidad compartida y fomentar el reúso y reciclaje de los residuos.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Plan de manejo de residuos de competencia local no sujetos a la manifestación ambiental única
¿Quién realiza este trámite?
Personas físicas o morales, públicas o privadas que se dediquen a cualquier actividad en el manejo de residuos, tales como la recolección, transporte, acopio, almacenamiento, tratamiento, reciclaje, reúso, o disposición final o bien, productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores, usuarios de subproductos y grandes generadores de residuos posconsumo.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDEMA_DGEIRA_PMR_3
debidamente requisitado
4. Comprobante de domicilio para oír y recibir notificaciones y en su caso comprobante de domicilio de resguardo de los vehículos y/o establecimiento que no exceda de tres meses(recibo de servicio telefónico, suministro de agua o boleta de impuesto predial)
5. Registro Federal de Contribuyentes (Constancia de Situación Fiscal), emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en copia simple, en caso de ser digital, deberá imprimir todas las hojas
6. Contenido descriptivo de cada una de las actividades realizadas de manejo (recolección, transporte, acopio, almacenamiento, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final) y/o generación de los residuos de competencia local. Anexar archivo fotográfico a color dónde se observe el proceso, operaciones e infraestructura de las actividades de manejo de los residuos de competencia local (original).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Enviar el formato de solicitud correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados, en caso de no sujetos a MAU correspondiente, acompañados de los requisitos solicitados al correo electrónico ramir.ventanilla.sedema@gmail.com.
2. Cuando la información enviada al correo electrónico sea suficiente y completa, se asignará cita para la presentación en original y copia en el Área de Atención Ciudadana y su posterior ingreso en la ventanilla de oficialía de parte de la DGEIRA
3. Transcurrido el tiempo establecido, acredita su personalidad jurídica, o en su caso presenta escrito de autorización por el interesado o representante legal para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, exhibe el acuse con el fin de solicitar se le notifique la respuesta a su solicitud.
4. Notifica la respuesta a su solicitud.
5. Recibe la respuesta a su solicitud y se da por notificado.
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Cuauhtémoc
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDEMA_DGEIRA_PMR_3.pdf
Documentos Adjuntos
Guía contenido descriptivo PMRCL.pdf
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Autorización
Vigencia
1 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El ingreso por Oficialía de Partes se realiza una vez que la documentación se haya revisado por correo electrónico y cuente con Visto Bueno de parte del área. • Presentar la solicitud sujetas con un broche para archivo (no traer hojas sueltas, no traer carpetas); • En caso de no presentarse el Promovente, la persona autorizada debe traer consigo una carta poder que contenga las firmas del Representante Legal o Promovente, la persona autorizada y de dos testigos, adicional copia de la identificación oficial de los involucrados • En caso de que le falte algún documento, tendrá que solicitar nuevamente su cita por correo electrónico
Duración / Respuesta
30 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-007-RNAT-2013, que establece la clasificación y especificaciones de manejo para residuos de la construcción y demolición, en el Distrito Federal:
Aplica en su totalidad
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2, 4, 5, 6, 7, 12, 16 fracción X, 18 y 35 fracción XII.
Otro:
NADF-024-AMBT-2013, QUE ESTABLECE LOS CRITERIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BAJO LOS CUALES SE DEBERÁ REALIZAR LA SEPARACIÓN, CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN SELECTIVA Y ALMACENAMIENTO DE LOS RESIDUOS DEL DISTRITO FEDERAL.:
Aplica en su totalidad
Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal:
Artículos 1, 3 fracciones XVII y XXV, 4 fracción II, 6 fracciones VII, VIII, XIII y XVI, 21, 22, 23 fracción I, 31, 32, 36 Bis, 36 Ter, 42 Ter, 55, 57 y 59 fracción III.
Otro:
NADF-020-AMBT-2011, que establece los requerimientos mínimos para la producción de composta a partir de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, agrícolas, pecuarios y forestales, así como las especificaciones mínimas de calidad de la composta producida y/o distribuida en el Distrito Federal:
Aplica en su totalidad
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 32, 34, 39, 40, 41, 42 y 89.
Otro:
Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y determinar cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, el procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo.:
Aplica en su totalidad
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 1, 3 fracción I, 4, 7 fracción X inciso B) y 184 fracciones XVIII y XXVII.
Otro:
Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal:
Artículos 2 fracción XVI, 12, 13, 15, 16 y 17.
Otro:
Norma Ambiental para la Ciudad de México NACDMX-010-AMBT-2019, Especificaciones técnicas que deben cumplir las bolsas y los productos plásticos de un solo uso.:
Aplica en su totalidad
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México:
Artículos 9 fracciones XXVIII, XXXI, XLVI y LIII, 61 Bis 5 y 171.
Otro:
NADF-012-AMBT-2015, QUE ESTABLECE LAS CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL MANEJO INTEGRAL DE GRASAS Y ACEITES DE ORIGEN ANIMAL Y/O VEGETAL RESIDUALES EN EL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.:
Aplica en su totalidad
Otro:
Lineamientos Generales y Mecanismos Aplicables al Procedimiento de Registro y Autorización de Establecimientos Mercantiles, de Servicios y/o Unidades de Transporte Relacionados con el Manejo Integral de Residuos Sólidos Urbanos y/o de Manejo Especial de Competencia Local que Operen y Transiten en la Ciudad de México.:
Numerales 10 y 11 del Apartado VI. Requisitos específicos aplicables a la solicitud de autorización y registro
Otro:
Aviso por el que se da a conocer el listado que agrupa a los establecimientos que por su capacidad y actividad no se encuentran sujetos a tramitar la licencia ambiental única para la Ciudad de México, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 61 bis 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, y conforme a las Clases del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN), 2018.:
Aplica en su totalidad.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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