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Permiso sanitario para embalsamamiento
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Última actualización: 11 de octubre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Agencia de Protección Sanitaria de la Ciudad de México
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Permiso sanitario para embalsamamiento
Cuando fallece una persona y se requiere practicar procedimiento de conservación se deberá tramitar el permiso sanitario de embalsamamiento
¿Quién realiza este trámite?
Disponente secundario o ciudadano autorizado por carta poder simple.
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Identificación oficial vigente del solicitante: credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, Cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional
2. Identificación oficial vigente de la persona fallecida: credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Acta de Nacimiento, CURP, cédula profesional
3. Documento que acredita la técnica utilizada para el embalsamamiento, que debe contener el nombre completo de la persona fallecida, el tipo de conservación y el tiempo en que se mantuvo el cuerpo, membrete, sellos y firma autógrafa del responsable del procedimiento, si fuese caso legal el número de carpeta de investigación
4. Certificado de defunción
5. En caso de que el disponente secundario o custodio haya solicitado los servicios del representante de un servicio funerario, éste deberá presentar Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite.
6. Para obtener el permiso de embalsamamiento, dentro de las doce horas de ocurrido el fallecimiento, el disponente secundario o custodio expresará en la solicitud la causa por la que se solicita el embalsamamiento
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. Ingresa a:
https://embalsamamiento.agepsa.cdmx.gob.mx
2. Verifica que cuentes con los requisitos e ingresa a la plataforma con tu cuenta Llave CDMX, en caso de no contar con ella podrás generarla.
3. Da clic en nuevo trámite
4. Inicia con el llenado de información y carga de documentos en formato PNG, JPG o PDF
5. Da clic en enviar solicitud y en breve recibirás un correo indicando si ha sido aprobada, rechazada o tiene alguna prevención
6. En caso de haber sido aprobada deberás acudir por tu oficio de respuesta al domicilio que se te indique
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Permiso Sanitario para embalsamamiento.
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Ninguno
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
TRAMITE GRATUITO Este trámite deberá realizarse a los cadáveres cuyo destino final sea posterior a las 48 horas o requiera ser trasladado a una distancia mayor a 300 km de la Ciudad de México. El representante funerario deberá contar con la carta poder correspondiente del familiar del fallecido.
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la Ciudad de México:
Artículos 1, 6, 7, 9, 10 fracción VI, 11, 12, 13, 14, 15, 19, 58, 59, 62, 63, 64, 65, 67, 68, 89, 90, 104, 107, 108, 109, 110, 111, 115, 116, 117, 118 y 119
Otro:
Ley de Salud de la Ciudad de México:
Artículos 159 inciso g y 170.
Otro:
Reglamento de la Ley de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos :
Artículos 7, 9, 13, 67, 68 y 100 fracción I, II, III, IV, V, VI,VII, 121
Lineamientos para el Otorgamiento de la Autorización Sanitaria para Inhumación, Cremación, Exhumación,Traslado, Internación y Procesos de Conservación de Cadáveres Humanos, partes del Cuerpo y Restos Áridos:
Aplica en su totalidad
Otro:
Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria de la Ciudad de México:
Artículo 5, fracción I inciso s); 17 fracción I; inciso e).
Otro:
Ley General de Salud.:
Artículos 313, fracción II; 314 fracción, II, V, VI y IX; 319, 342, 348, 349, 350 BIS, 350 BIS- 1, 350 BIS - 4, 350 BIS-6, 350 BIS - 7, 375 f. V
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...