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Reposición de calcomanía (engomado) permanente de vehículos automotores
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Última actualización: 17 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Movilidad
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Reposición de calcomanía (engomado) permanente de vehículos automotores
Trámite que deben realizar los propietarios de vehículos para la reposición del engomado o calcomanía por causas de robo, extravío o deterioro.
¿Quién realiza este trámite?
Propietario del vehículo o su representante legal.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Tarjeta de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobantes de domicilio
Boleta de impuesto Predial - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Recibo de Servicio de Luz - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta bancario - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Certificado de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Comprobante de pago de derechos de reposición de engomado. Original y Copia.
5. Comprobante de propiedad en original y copia, como pueden ser: Factura o si está a crédito Carta Factura vigente no mayor a 30 días acompañada de la Copia sin valor de factura de origen. -En caso de no ser el único dueño deberá presentar endosos y/o refacturas. - En caso de extravío o robo de la factura deberá presentar el primer acuerdo admisorio del juicio de Jurisdicción Voluntaria para acreditar la propiedad de los Vehículos a partir de modelos 2000 en adelante ó Fe testimonial ante notario.
6. En caso de extravío del engomado presentar el Acta Circunstanciada ante Juez Cívico en original y copia y en caso de robo presentar acta de denuncia ante el Ministerio Público en original y copia, ambas no mayor a una vigencia de un mes de expedición por la autoridad competente.
7. Comprobante de pago de tenencia o refrendos del ejercicio actual y los 5 anteriores, en original y copia.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Genera su línea de captura ingresando a la página de la Secretaría de Finanzas
2. Realiza el pago correspondiente.
3. Se presenta en las AAC (Módulos de Control Vehicular autorizados)
4. Recibe, revisa, coteja y elabora Formato Único de Movimiento para circular.
5. Recibe Formato Único de Movimiento para circular en tanto se elabore la reposición del engomado.
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Costos
Monto a pagar:
Monto a pagar: $
273.00
Puedes pagar en:
Bancos
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 219 fracción IX
Documento que se obtiene:
Constancia
Vigencia
Permanente
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Ninguno
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin dato
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 34, 35, 40, 41 y 89
Ley de Movilidad de la Ciudad de México:
Artículos 58.
Otro:
Reglamento de Tránsito del Distrito Federal:
Articulo 45 fracción II.
Otro:
Reglamento para el Control Vehicular y de licencias y permisos para conducir en el Distrito Federal.:
Artículos 4 fracción IX, 11,12 y 15.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 95 Ter fracciones III y IV.
Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 31 fracción XI.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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