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Dictamen de Factibilidad de Servicios Hidráulicos
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Última actualización: 14 de septiembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Sistema de Aguas de la Ciudad de México
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Dictamen de Factibilidad de Servicios Hidráulicos
La opinión técnica vinculante y obligatoria que emite la dependencia encargada de la operación hidráulica en la Ciudad de México, relativa a la dotación de los servicios hidráulicos de agua potable, agua residual tratada y drenaje, previamente a la obtención de la Licencia de Construcción, hoy Manifestación de Construcción.
¿Quién realiza este trámite?
Persona física o moral. Propietario, Poseedor o Representante Legal que lleven a cabo nuevos desarrollos constructivos, ampliaciones o modificaciones del uso o destino del inmueble.
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Para el caso de copropietarios, deberán designar un representante común o en su caso, presentar poder notarial del apoderado legal que los represente. Copia simple
4. Documento que acredite la legitima propiedad o el interés jurídico. Copia simple
5. Certificado de Único Zonificación de Uso de Suelo vigente. Copia simple
6. Constancia de alineamiento y número oficial vigente. Copia simple
7. En caso de que el inmueble cuente con toma de agua,se deberá anexar boleta de derechos por el suministro de agua. Copia simple.
Requisitos para hacerlo en línea:
Contar con una cuenta de
Llave CDMX
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. Verifica que cuentes con la totalidad de requisitos
2. Ingresa con tu cuenta Llave CDMX al siguiente link:
https://dictamenfactibilidad.sacmex.cdmx.gob.mx/tramite/formulario/datos-persona
3. En caso de no contar con tu cuenta Llave CDMX podrás generar una e iniciar
4. Da clic en Nuevo trámite
5. Selecciona si actuas como Persona Física o Persona Moral
6. Realiza el llenado de información y carga de documentos escaneados o en formato PDF
7. Una vez que concluiste el registro da clic en enviar
8. Podrás visualizar una pantalla indicando que tu registro fue exitoso
9. Recibirás un número de folio con el que podrás dar seguimiento a su solicitud
10. Un servidor público realizará la revisión de tu solicitud y se te notificará mediante correo si ha sido aprobada, rechazada o debes subsanar una prevención
11. Una vez cumplidos los requisitos recibirás un correo dónde se te informen los pasos a seguir y poder concluir con tu trámite
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Dictamen
Vigencia
1 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El Trámite de Factibilidad de Servicios, tendrá un periodo de atención de 15 a 40 días hábiles, contados a partir del cumplimiento de todos los requisitos.
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 42, 44 Fracción VI, 45, 87 Fracción IV y 93 Fracción II.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 3 fracciones VIII y XXI, 7 fracción XXX y 94.
Otro:
Normas Generales de Ordenación para formar parte de la Ley de Desarrollo Urbano y del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Normas 4 y 27.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículos 32, 33, 35, 36, 39 fracción III, 51 fracc. II y III, 53 fracción II, 65 y 128.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 303 fracciones II, III, V y VI, 304 numerales 6, 6.1 y 8, 311 fracciones I, IX, XII y XXVII y 312 fracciones II,VII, VIII y X.
Otro:
Lineamientos para el pago de los aprovechamientos señalados en el artículo 302 del Código Fiscal de la Ciudad de México.:
Aplica en su totalidad.
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículos 6, 7, 73 fracción VI, 174, 176 fracciones I IV y VI, artículo 302.
Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México:
Artículos 2, 4, XV, 7, 16 fracciones II, VIII, XXVIII y XXIX, 35, 50, 51, 56, 58, 62, 71, 72, 86 Bis, 86 Bis1, 106, 110 y 111.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...