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Refrendo de Empadronamiento para ejercer actividades comerciales en mercados públicos.
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Última actualización: 30 de septiembre de 2015
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Tlalpan
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Refrendo de Empadronamiento para ejercer actividades comerciales en mercados públicos.
Trámite mediante el cual el titular de la cédula de empadronamiento refrenda las causas que dieron origen al empadronamiento.
¿Quién realiza este trámite?
Locatarios de Mercados Públicos.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Clave Única de Registro de Población (CURP) - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobantes de pago de derechos por el uso y utilización de locales de Mercados Públicos de la Ciudad de México correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (1 copia simple).
4. Cédula de empadronamiento (1 copia simple y original para cotejo).
5. Formato de solicitud (original y 1 copia simple, que será el acuse del interesado).
6. Autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud ( para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran) (1 copia simple y original para cotejo).
7. Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y cuatro años anteriores ( tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración) (1 copia simple).
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Acude a Ventanilla Única Delegacional a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.
2. Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.
3. Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso emite el refrendo.
4. Acude a Ventanilla Única Delegacional en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, para recibir la respuesta emitida por el área competente.
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Documentos Adjuntos
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Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Refrendo
Vigencia
1 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Afirmativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El refrendo se debe solicitar en el mes de enero de cada año. La autoridad realizará la revisión y análisis de las condiciones que dieron origen al empadronamiento, considerando lo siguiente: -Que sea la misma actividad comercial -Que sea el mismo titular -Que desarrolle su actividad conforme a los ordenamientos legales vigentes -Que no exista arrendamiento *En caso de que la solicitud de refrendo ingrese después del 31 de enero, se atenderá conforme a lo establecido en el artículo Vigésimo Sexto de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal. **En caso de no contar con los Comprobantes de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores, emitida por la Tesorería del Gobierno de la Ciudad de México.
Duración / Respuesta
15 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal:
Numerales Décimo Quinto Fracción II, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto y Vigésimo Séptimo.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 51, fracción V y 124, fracción XVII.
Acuerdo por el que se establece el sistema de empadronamiento para comerciantes de los mercados públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado puedo ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado:
Artículos 5, 6 y 7.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículo 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44 y 49
Reglamento de Mercados para el Distrito Federal:
Artículos 31.
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 264
Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para Comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los Formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado.:
Artículos 6, 7 y 9.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...