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Registro de Obra Ejecutada
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Última actualización: 21 de julio de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Tlalpan
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Registro de Obra Ejecutada
Trámite que otorga el registro a una obra ejecutada cuando esta se haya realizado sin contar con el registro de manifestación de construcción o licencia de construcción especial, y se demuestre que cumple con las disposiciones normativas y los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Registro de Obra Ejecutada
Registro de Obra Ejecutada para Excavaciones o cortes cuya profundidad sea mayor de un metro; Tapiales que invadan la acera en una medida superior a 0.5 m; Obras o instalaciones temporales en propiedad privada y de la vía pública para ferias, aparatos mecánicos, circos, carpas, graderías desmontables y otros similares; e Instalaciones o modificaciones en edificaciones existentes, de ascensores para personas, montacargas, escaleras mecánicas o cualquier otro mecanismo de transporte electro-mecánico, equipos contra incendio y tanques de almacenamiento y/o instalación de maquinaria, con o sin plataformas
Registro de Obra Ejecutada para instalaciones subterráneas, aéreas o sobre superficie, de demolición del pavimento o cortes en las banquetas y guarniciones en la vía pública y estaciones repetidoras de comunicación celular y/o inalámbrica
Registro de Obra Ejecutada para demoliciones mayores de 60m2
Registro de Obra Ejecutada para estaciones repetidoras de comunicación celular y/o inalámbrica
Registro de Obra Ejecutada para edificaciones en suelo de conservación
¿Quién realiza este trámite?
Propietario o Poseedor o Representante Legal
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Certificado de Nacionalidad Mexicana - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TATLP_DGODU_ROE_1_1
debidamente requisitado
4. Constancia de Adeudos de predial y agua emitida por la Administración Tributaria y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la que se acredite que se encuentra al corriente de sus contribuciones. Original y copia. En caso, de que la obra se haya ejecutado en la vía pública no serán necesarias presentar las Constancias de Adeudos.
5. Comprobante de pago de la sanción equivalente del 5 al 10% del valor de las construcciones en proceso o terminadas, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar.
6. Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo o Certificado Único de Zonificación del Suelo Digital o Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, los cuales deberán ser verificados y firmados por el Director Responsable de Obra y/o Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico, en su caso. (Original y copia).
7. Dos tantos del proyecto arquitectónico de la obra en planos a escala, debidamente acotados y con las especificaciones de los materiales, acabados y equipos a utilizar, en los que se debe incluir, como mínimo: croquis de localización del predio, levantamiento del estado actual, indicando las construcciones y árboles existentes; planta de conjunto, mostrando los límites del predio y la localización y uso de las diferentes partes edificadas y áreas exteriores; plantas arquitectónicas, indicando el uso de los distintos locales y las circulaciones, con el mobiliario fijo que se requiera; cortes y fachadas; cortes por fachada, cuando colinden en vía pública y detalles arquitectónicos interiores y de obra exterior. Deberán estar firmados por el propietario o poseedor, por el proyectista indicando su número de cédula profesional, por el Director Responsable de Obra y el Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico, en su caso.
8. Dos tantos del proyecto estructural de la obra en planos debidamente acotados, con especificaciones que contengan una descripción completa y detallada de las características de la estructura incluyendo su cimentación. Se especificarán en ellos los datos esenciales del diseño como las cargas vivas y los coeficientes sísmicos considerados y las calidades de materiales. Se indicarán los procedimientos de construcción recomendados, cuando éstos difieran de los tradicionales. Deberán mostrarse en planos los detalles de conexiones, cambios de nivel y aberturas para ductos. En particular, para estructuras de concreto se indicarán mediante dibujos acotados los detalles de colocación y traslapes de refuerzo de las conexiones entre miembros estructurales. En los planos de estructuras de acero se mostrarán todas las conexiones entre miembros, así como la manera en que deben unirse entre sí los diversos elementos que integran un miembro estructural. Cuando se utilicen remaches o tornillos se indicará su diámetro, número, colocación y calidad, y cuando las conexiones sean soldadas se mostrarán las características completas de la soldadura; éstas se indicarán utilizando una simbología apropiada y, cuando sea necesario, se complementará la descripción con dibujos acotados y a escala. En el caso de que la estructura esté formada por elementos prefabricados o de patente, los planos estructurales deberán indicar las condiciones que éstos deben cumplir en cuanto a su resistencia y otros requisitos de comportamiento. Deben especificarse los herrajes y dispositivos de anclaje, las tolerancias dimensionales y procedimientos de montaje. Deberán indicarse, asimismo, los procedimientos de apuntalamiento, erección de elementos prefabricados y conexiones de una estructura nueva con otra existente. En los planos de fabricación y en los de montaje de estructuras de acero o de concreto prefabricado, se proporcionará la información necesaria para que la estructura se fabrique y monte de manera que se cumplan los requisitos indicados en los planos estructurales.
9. Memoria de Cálculo Estructural, será expedida en papel membretado de la Empresa o del proyectista, en donde conste su número de cédula profesional y firma, así como, la descripción del proyecto, localización, número de niveles subterráneos y uso conforme a: Cargas Muertas: Definición detallada de todas las cargas muertas que se deben considerar en el diseño, tales como: *Peso propio. *Peso de acabados. *Peso de falsos plafones. *Peso de muros divisorios no estructurales. *Peso de fachadas y cancelerías. *Peso de rellenos. *Peso de impermeabilizantes. *Sobrecarga reglamentaria, etc. Cargas vivas: Definición de las cargas vivas para acciones accidentales, permanentes y para asentamientos, así como las cargas transitorias y aquellas que deban ser consideradas en el diseño de acuerdo con las Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para el Diseño de Estructuras de Edificaciones, también se deberá definir el peso de equipos y elementos que deban ser considerados en el análisis y no estén incluidos en la carga viva. Materiales: Calidad de los materiales: *Concreto: resistencia a la compresión f°c y módulo de elasticidad. *Acero: esfuerzo de fluencia fy. *Mampostería: resistencia de diseño a compresión, f*m, resistencia de diseño a compresión diagonal v*m, módulo de elasticidad Em y módulo de cortante Gm. Espectro para diseño por sismo: Coeficiente sísmico Ta Tb R Factor de comportamiento sísmico Q y condiciones de regularidad estructural: Se deberá incluir una explicación de los valores adoptados y la verificación de que se cumplen todos los requisitos especificados en la norma correspondiente. Modelo Estructural: Se deberá incluir una descripción de la metodología del modelo empleado, así como la forma para modelar los sistemas de piso, muros, etc. Se deberá definir el sistema empleado para el análisis. Se deberá definir detalladamente el modelo de la cimentación empleado. En general, no se podrán considerar apoyos horizontales en ningún nivel de sótanos, salvo en el desplante de la cimentación. Acciones por sismo: Se deberá describir el procedimiento para obtener los elementos mecánicos por sismo (estático, dinámico modal espectral, vectores de Ritz, etc.). Combinaciones y factores de carga: Descripción de las condiciones de carga, así como de las combinaciones correspondientes. Excentricidad accidental: Se deberá hacer una descripción de cómo se incorporó la excentricidad accidental en el análisis. Resultados del análisis: Se deberá incluir
10. Presentar acuse de recibo de la Declaratoria Ambiental ante la Secretaría del Medio Ambiente, cuando se trate de proyectos habitacionales de más de 20 viviendas.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta los formatos de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en la Ventanilla Única de Trámites.
2. Recibe los formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable
3. Realiza visita para cotejar que la construcción se apegó al proyecto que se presentó
4. Da aviso al ciudadano del monto de la sanción prevista en la norma correspondiente por tratarse de obra ejecutada, para su pago y se comunica al ciudadano la necesidad de presentar los carnets de los DRO y Corresponsables, en su caso.
5. Presenta recibo de pago de sanción y Carnets de DRO y Corresponsables para descargo
6. Se presenta en la Ventanilla Única de Trámites para recibir el Registro de Obra Ejecutada.
Localiza la oficina más cercana
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Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Costo Variable :
El costo será de acuerdo al tipo de manifestación (A, B o C) o al tipo de modalidad de la Licencia de Construcción Especial y los metros cuadrados de que se traten.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículos 126, 130 y 132, 185 o 186 del Código Fiscal de la Ciudad de México de conformidad con los artículos 72 y 253 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
Documento que se obtiene:
Registro
Vigencia
De 1 a 3 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
• En caso de que el predio se localice en dos o más Alcaldías, el trámite se presentará ante la Ventanilla Única de la SEDUVI. • La Alcaldía correspondiente revisará la documentación y practicará una visita a la obra para constatar que cumple con la normatividad aplicable y se ajusta a los documentos exhibidos con la solicitud. • La Alcaldía correspondiente realizará el Registro de Obra Ejecutada previo pago establecido.
Duración / Respuesta
20 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 7, 10 fracciones III, XVIII y XXII, 22 y 43.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 154 fracción I y XXX.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1, 53 apartado A numeral 12 fracción II, apartado B inciso a fracción XVII.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículos 32, 34, 35 fracción I, 38, 39, 72 y 253.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 4 fracción III y IV, 7 fracción VI y VII, 8 fracciones II y III, 87 fracción VI.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 2 y 3.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 31 fracciones VI y XII.
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México:
Artículos 29 fracción II, 31 fracción III, 32 fracción II, 71 fracción IV.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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