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Devolución de cantidades pagadas indebidamente
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Última actualización: 07 de julio de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Sistema de Aguas de la Ciudad de México
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Devolución de cantidades pagadas indebidamente
Saldo a favor del contribuyente por pago en exceso, pago doble o pago en cuenta equivocada, que le será devuelto
¿Quién realiza este trámite?
El propietario del inmueble donde se ubica la toma.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Tarjeta de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original
3. Comprobantes de domicilio
Boleta de impuesto Predial - Copia Certificada y Copia(s) Simple(s)
ó Recibo de Servicio de Luz - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta bancario - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Recibo de Gas Natural - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Recibo de Televisión de Paga - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Formato
TSACMEX_DESU_DCP_11.pdf
debidamente requisitado
5. Acreditar ser el propietario o usuario del inmueble. Documentos de acreditación: -Propietario.- Boleta del impuesto predial o Propuesta catastral pagada o Escritura liberada y anotada ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. -Usuario.- Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 3 meses a nombre del usuario y dirección completa ó contrato de arrendamiento VIGENTE ó Credencial para Votar con el domicilio del inmueble.
6. Presentar original del recibo oficial o comprobante de pago objeto de la compensación o certificación de pagos.
7. En el caso de sucesión testamentaria, la representación la podrá efectuar el albacea exhibiendo el documento de asignación debidamente notariado.
8. Registro Federal de Contribuyentes (Copia simple)
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. El ciudadano acude al área de atención ciudadana a solicitar el trámite
2. El servidor público recibe y revisa la documentación, captura la información en el Sistema, imprime la solicitud de trámite y recaba la firma del interesado.
3. El servidor público notifica al usuario la resolución de su solicitud.
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Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSACMEX_DESU_DCP_11.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Dictamen
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
No se podrán solicitar la devolución cuando haya prescrito la obligación para devolverlas (3 años) No son sujetos de compensación los pagos realizados bajo algún programa de regularización fiscal que así lo indique. La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación. En caso de ser persona distinta al propietario y/o usuario y presentar carta poder, deberá anexar copia de identificación de las personas firmantes. El comprobante de domicilio no deberá ser mayor a 3 meses Para acreditar el requisito relacionado con el comprobante de domicilio, se podrá tener por cumplido con la credencial para votar vigente expedida por la autoridad competente o la boleta de agua, siempre y cuando cuenten con la información completa del domicilio de la persona
Duración / Respuesta
120 Días naturales
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 49, 54, 55, 57 inciso b), 103 fracción II, 176 fracción XI, 358, 422 , 430, 432, 447 fracción I inciso b), 466 fracción IV y 471 último párrafo.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...