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Constancia de No Existencia de registro de inhabilitación
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Última actualización: 17 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de la Contraloría General
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Constancia de No Existencia de registro de inhabilitación
Trámite por el que una persona puede obtener una constancia que acredite la no existencia de registro de inhabilitación para desempeñar, empleo, cargo o comisión en el servicio público.
¿Quién realiza este trámite?
Persona física que desea obtener Constancia que acredite la no existencia de registro de inhabilitación para desempeñar, empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original
ó Cartilla de Servicio Militar - Original
ó Cédula Profesional - Original
ó Licencia para Conducir - Original
ó Pasaporte - Original
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original
3. Recibo de pago en original.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. Ingresa a:
http://www.contraloria.cdmx.gob.mx/constancias/constanciaenlinea.php
2. Ingresa la información solicitada
3. Genera el pago correspondiente
4. Consulta la respuesta a tu solicitud
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Monto a pagar
Monto a pagar: $
209.00
Puedes pagar en:
BANCOS
Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 248, fracción XII
Documento que se obtiene:
Constancia
Vigencia
Indeterminada
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
* Trámite en línea * Kioskos de la tesorería
Duración / Respuesta
1 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México:
Artículo 27
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 248, fracción XII
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...