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Solicitud de Registro al Programa de Auditoria Ambiental
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Última actualización: 14 de septiembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría del Medio Ambiente
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Solicitud de Registro al Programa de Auditoria Ambiental
El Programa busca aumentar el desempeño ambiental de los establecimientos de jurisdicción local a través de la evaluación metodológica de las actividades, operaciones y procesos, a fin de definir medidas preventivas y correctivas, necesarias para proteger los recursos naturales y el ambiente. Las empresas certificadas a través de una auditoría ambiental voluntaria pueden obtener incentivos fiscales: hasta el 40% de reducción del impuesto sobre la nómina o hasta el 20% de reducción en el pago del impuesto predial.
¿Quién realiza este trámite?
Persona físicas o morales que soliciten su número de registro para dar seguimiento a la realización de su auditoría ambiental voluntaria u obligatoria.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original
3. Comprobantes de domicilio
Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta de impuesto Predial - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Formato
TSEDEMA_DGEIRA_AA_1.pdf
debidamente requisitado
5. Comprobante de pago original por concepto vigente de la evaluación para el registro al programa.
6. Plan de Auditoría Ambiental elaborado y signado por el Auditor Ambiental Responsable. Original.
7. Autorización emitida por la Secretaría que acredita al auditor ambiental responsable y/o auditores especialistas, de ser el caso. Copia Simple.
8. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
9. Listas de Verificación. Original.
10. Cartas de confidencialidad, ética y responsabilidad, firmadas por el Auditor Ambiental responsable y de ser el caso por los Auditores especialistas. Original
11. Escrito de manifestación para dar cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias en la materia, firmado por el Representante Legal, Apoderado o Propietario del establecimiento, por el auditor ambiental responsable y auditores ambientales especialistas, en su caso Original.
12. Documento con el que acredite la legítima posesión del establecimiento auditado
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Enviar el formato de solicitud correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados al correo electrónico auditoria.ventanilla.sedema@gmail.com
2. Acudir al área de atención ciudadana, presenta el formato correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados
3. Revisa que el formato esté debidamente requisitado, que cumpla con todos los requisitos solicitados, y se le entrega un número de folio de ingreso.
4. Acudir en el tiempo establecido, presenta identificación y folio de ingreso, y recibe su respuesta
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
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Cuauhtémoc
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDEMA_DGEIRA_AA_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Evaluación para el registro al programa de Auditoría Ambiental Voluntaria
Monto a pagar: $
19,667.00
Evaluación para el registro al programa de Auditoría Ambiental Obligatoria
Monto a pagar: $
37,614.00
Evaluación para la Revalidación del Certificado de Cumplimiento Ambiental
Monto a pagar: $
13,885.00
Puedes pagar en:
HSBC
Fundamento jurídico
Otro
1.4.1.5.48, 1.4.1.5.47 y 1.4.1.5.99
Documento que se obtiene:
Acuerdo de Registro al Programa de Auditoria Ambiental
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
*La presente solicitud es para obtener el registro al Programa de Auditoría Ambiental que al efecto emita la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México por conducto de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), por lo que, no representa ni garantiza la obtención del certificado de cumplimiento ambiental. *En caso de que, la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México por conducto de la DGEIRA ordene la realización de una Auditoría Ambiental Obligatoria, el sujeto obligado cuenta con un plazo máximo de cuarenta días hábiles contados a partir del día hábil siguiente en que surta efectos la notificación del oficio respectivo, para llevar a cabo el ingreso de la documentación para el registro al programa. *El Plan de Auditoría Ambiental, deberá ser elaborado y signado únicamente por el Auditor Ambiental responsable que se encuentre debidamente autorizado por la DGEIRA y quien será el encargado de llevar a cabo el procedimiento de auditoría ambiental. *De ser el caso, el cumplimiento al programa de obras y actividades derivado de una Auditoría Ambiental Voluntaria es responsabilidad única y exclusivamente del interesado, por lo que el auditor ambiental responsable y auditores especiales deberán de abstenerse de prestar sus servicios para dicho cumplimiento. *De ser el caso, el cumplimiento al programa de obras y actividades derivado de una Auditoría Ambiental Obligatoria es responsabilidad del interesado y del auditor ambiental dictaminador, por lo que el interesado, deberá designar a un auditor ambiental autorizado por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, distinto a quien realizó los trabajos de campo de la Auditoría Ambiental Obligatoria, para llevar a cabo la dictaminación del mismo. *En caso de incumplimiento o falsedad de la información presentada, el auditor ambiental responsable será corresponsable con el interesado y se hará acreedor a las sanciones previstas en la Ley y demás disposiciones aplicables y la autoridad ambiental procederá a negar el registro al programa de auditoría ambiental o la cancelación del procedimiento de auditoría ambiental.
Duración / Respuesta
10 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Programa de Auditoría Ambiental obligatoria para fuentes fijas en la Ciudad de México.:
Fracciones I, II, III y IV.
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal:
Artículos 278 y 279.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 32, 34, 40, 41 y 42.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículos 1, 4, 8, 14 y 16.
Otro:
Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para realizar Auditarías Ambientales en la Ciudad de México.:
Fracciones I, II y III.
Otro:
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales.:
Artículos 1, 3 fracciones I, III, XVI y XVIII, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México:
Artículos 1, 2, 4, 5, 6 fracción II, 9 fracciones I, VIII y LIII, 19 fracción VIII, 62 y 63.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2, 4, 5, 6, 7, 12, 16 fracción X, 18 y 35 fracciones I, XVII, XXV y XLVI.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 1, 3 fracción I, 4, 7 fracción X inciso B), 41 fracciones XIV y XVIII y 184 fracciones VIII, XII y XIV.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...