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Registro Único Digital para Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC)
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Última actualización: 14 de septiembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Agencia de Atención Animal
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Registro Único Digital para Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC)
Al adquirir o adoptar un animal de compañía, deberás registrarlo en la plataforma RUAC y generará una clave única en el cual constarán los datos de identificación de tu mascota y de su tutor, este registro es obligatorio y gratuito y busca acceder a los servicios que otorgue el Gobierno de la Ciudad de México, para el bienestar y protección animal, a través del reconocimiento legal e integración en la red de ayuda en caso de extravío, accidentes, maltrato y crueldad animal
¿Quién realiza este trámite?
Dueño de la mascota
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Ser tutor del animal de compañía
2. Datos médicos y fotos del animal de compañía.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. El ciudadano ingresa a la plataforma
https://www.ruac.cdmx.gob.mx/
2. El ciudadano registra los campos de nombre, apellido, correo electrónico y genera una contraseña.
3. La plataforma envía al correo electrónico del ciudadano, la confirmación y liga de acceso a la plataforma donde continuará con el registro.
4. La plataforma captura los datos del propietario y del animal de compañía.
5. La plataforma verifica información y genera la credencial digital con la Clave Única de Registro, la cual el ciudadano podrá imprimir.
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Credencial con Clave única de Registro de animales de compañía
Vigencia
Indeterminada
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Ninguno
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Todo animal de compañía que de acuerdo a su especie y características pueda utilizar collar o pechera, deberá tener bordado, grabado o en una placa de identificación, la información donde se precise el nombre del animal, la clave del RUAC, así como los datos de contacto de la persona tutora responsable.
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México:
Artículo 4, fracción XXXIV Bis, 4 Bis 1, fracción I, 73 fracción II.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...