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Recuperación de Placa Vehicular por Motivo de Sanción Ambiental
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Última actualización: 13 de septiembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría del Medio Ambiente
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Recuperación de Placa Vehicular por Motivo de Sanción Ambiental
Que los propietarios o poseedores de vehículos automotores que han sido sancionados por emisiones contaminantes, por no portar el holograma de verificación vehicular vigente o que circulen en días u horario en que tengan restringida la circulación, recuperen la placa del vehículo.
¿Quién realiza este trámite?
Conductor, propietario o legítimo poseedor del vehículo sancionado por motivo de sanción ambiental
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Boleta de Sanción
4. Pago original de la sanción con Clave 51 del Formato Múltiple de Pago a la Tesorería.
5. Tarjeta de Circulación, 1 copia y original para cotejo.
6. Factura del vehículo endosada a nombre del actual propietario si es que el propietario no ha actualizado el nombre en la Tarjeta de Circulación, 1 copia y original para cotejo.
7. En caso de que la sanción sea por Emisión de Humo Negro o Azul, anexar original de la Prueba de Evaluación Técnica emitida por el Centro de Verificación Vehicular o si se encuentra en periodo de verificación vehicular, original y copia del Certificado de Verificación posterior a la fecha de sanción.
8. Pagar la multa que será de 20 veces la Unidad de Medida y Actualización según los siguientes casos: 1) Por emitir contaminantes, 2) Por no portar holograma de verificación vehicular vigente 3) Por circular en horario o día restringido Las cuales se pueden pagar en la Tesorería de la CDMX; línea con tarjeta de crédito o débito o, bien, descargando el Formato Múltiple de Pago a la Tesorería en el Portal de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, para realizar el pago en tiendas departamentales, de autoservicio o de conveniencia, así como en las instituciones bancarias.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Se presenta al Área de Atención Ciudadana del Programa de Vehículos Contaminantes y entrega los documentos completos
2. Recibe y revisa que los documentos del ciudadano estén completos y correctos, asimismo revisa que el pago se encuentre reflejado en la Secretaría de Finanzas.
3. Realiza búsqueda de placa y entrega al Ciudadano.
4. Obtiene su placa y firma de recibido.
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Documento que se obtiene:
Placa de circulación retirada por la sanción ambiental.
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Ninguno
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El pago se verá reflejado aproximadamente entre 24 a 72 horas una vez realizado. Cuando se trate de Vehículos Oficiales y no acuda la persona que firmó hoja o boleta de sanción, se solicitará una copia del documento de resguardo de vehículo o nombramiento que lo faculte para gestionar el trámite. Cuando el ciudadano realice el pago de sanción con error de datos, deberá acudir a la Tesorería de la Ciudad de México para su corrección, de ser necesario y bajo propia responsabilidad realizar el pago nuevamente y solicitar por escrito a la Dirección General de Inspección y Vigilancia Ambiental la no utilización de pago debido a error en su generación de línea de captura, mismo que deberá entregar ante la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, a fin de resolver lo que corresponda a dicho pago indebido. Para el caso de que el ciudadano acuda en un plazo posterior a 30 días naturales contados a partir del día siguiente a su sanción a solicitar la placa de circulación y esta haya sido puesta a su disposición final podrá solicitar por escrito el estatus de su placa vehicular, para estar en condiciones de continuar con los trámites que correspondan ante la instancia competente. De acuerdo a la resolución de carácter general publicado el 23 de enero del 2023 por la que se condona parcialmente el pago de los aprovechamientos que se indican, se prevé la condonación de 90% dentro de los diez días naturales siguientes contados a partir de la fecha de emisión de la sanción y del 50% a partir del décimo primer día hasta los 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión de la sanción.
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en Materia de Verificación Vehicular:
Artículos 38, 39, 39 Bis, 40, 41, 42, 43, 44 y 45
Otro:
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal :
Artículo 56 Quintus.
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México:
Artículos 139, 140, 141, 142, 143, 144, 213 fracción II, 214 fracciones I, II y III.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria Vigente:
Numeral 13 en su totalidad.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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