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Dictamen de Aplicación de la Norma General de Ordenación No. 13
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Última actualización: 14 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Dictamen de Aplicación de la Norma General de Ordenación No. 13
Trámite a través del cual los locales con uso distinto al habitacional, establecidos con anterioridad a la entrada en vigor del Programa de Desarrollo Urbano que los prohibió, pueden cambiar de giro, conforme a los usos permitidos de la tabla de Usos del Suelo en la zonificación HC (Habitacional con Comercio en planta baja), previa obtención del Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos y del visto bueno de la Alcaldía correspondiente.
¿Quién realiza este trámite?
Persona física o moral, propietaria o poseedora.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDUVI_DAN_1.pdf
debidamente requisitado
4. Escritura pública del inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México o Carta Notarial que indique que se encuentra en proceso de inscripción acompañada de la Constancia de ingreso correspondiente. Copia simple y original para cotejo.
5. En su caso, contrato de arrendamiento vigente, donde se señale el giro solicitado.
6. Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente. Copia simple y original para cotejo.
7. Constancia de Zonificación de Uso de Suelo o, en su caso, Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos. Copia simple y original para cotejo.
8. Reporte fotográfico que contenga, por lo menos, 10 imágenes recientes a color del interior y exterior del predio, en las que se muestre el uso y la altura de las construcciones colindantes y de la acera de enfrente. Incluir descripción en pie de foto y anexar croquis de ubicación de cada una de las fotografías presentadas.
9. Memoria Descriptiva del uso o usos pretendidos, indicando la superficie para cada uno de ellos, número de empleados, descripción de las actividades, días y horarios de funcionamiento, maquinaria y/o equipo a ocupar (en su caso), estimado de personas atendidas y número de cajones de estacionamiento.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta formato de solicitud en el Área de Atención Ciudadana dela SEDUVI, debidamente llenado con la documentación señalada como requisito.
2. Recibe solicitud y documentación anexa, revisa, coteja, registra en el Sistema SEDUVI SITE.
3. Recibe solicitud, registra, revisa y analiza documentos y normatividad. De acuerdo a la opinión de la Alcaldía procede a emitir Dictamen.
4. Una vez transcurrido el tiempo de respuesta, acude a recibir el Dictamen, en el área de Atención Ciudadana
5. Recibe el Dictamen, muestra identificación, firma de recibido.
6. Recibe solicitud, registra, revisa y analiza documentos y normatividad.
Localiza la oficina más cercana
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Descarga los formatos
TSEDUVI_DAN_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Dictamen
Vigencia
Hasta que se modifique el Programa de Desarrollo Urbano.
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin información adicional.
Duración / Respuesta
22 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 156 fracción XXXVI.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1 y 16 apartado C numeral 1.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2 y 31 fracciones XII.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 2 y 38.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracciones I, VII y XIV y 87 fracción II.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 6 fracción II, 7, 10 fracciones III y XXII, 22 y 43.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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