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Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano (Predio Receptor)
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Última actualización: 14 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano (Predio Receptor)
Trámite mediante el cual se autoriza la intensidad de construcción en predios sujetos a la aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano conforme a lo dispuesto por los Programas de Desarrollo Urbano, la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México y su Reglamento.
¿Quién realiza este trámite?
Personas físicas o morales, públicas o privadas, propietarios.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDUVI_ADS_1.pdf
debidamente requisitado
4. Comprobante de pago de derechos correspondiente.
5. Boleta predial del bimestre actual pagada o hasta seis bimestres anteriores pagados al ingreso del trámite. Copia simple y original para cotejo. No se aceptan formatos de autodeclaración o que carezcan de los datos básicos del predio: propietario, domicilio, superficie de terreno y construcción, uso y tipo.
6. Escritura pública del inmueble inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México o Carta Notarial que indique que se encuentra en proceso de inscripción acompañada de la Constancia de ingreso correspondiente. En caso de que la propiedad se acredite con resolución judicial, presentar copia certificada de la Sentencia Judicial ejecutoriada debidamente inscrita. En caso de inmuebles de propiedad pública, presentar documento certificado por la autoridad emisora en el que conste la asignación, el uso o destino y/o la entrega-recepción correspondiente o, en su caso, documento oficial en el que conste la donación, expropiación o procedimiento mediante el cual el inmueble se incorporó al patrimonio de la Nación o de la Ciudad de México y/o Cédula Oficial del Gobierno Local o Federal (Cabin o Indaabin) que señale las características y especificaciones del inmueble. Copia simple y original para cotejo.
7. Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente. Copia simple y original para cotejo.
8. Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo vigente, que indique el uso solicitado. Copia simple y original para cotejo.
9. Reporte fotográfico que contenga, por lo menos, 10 imágenes recientes a color del predio y del área de estudio, en las que se muestren los usos de suelo y las alturas de las construcciones colindantes y de la acera contraria. Incluir descripción en pie de foto y anexar croquis de ubicación de cada una de las fotografías presentadas.
10. Memoria descriptiva del anteproyecto, en la que se incluya el cuadro de áreas por nivel y se señalen los usos de suelo y su conformación, con la propuesta de aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidad de Desarrollo Urbano. En caso de incluir en el anteproyecto construcciones existentes (demolición y/o restauración), éstas se deberán especificar claramente en la memoria técnica y en los planos, y restar de la intensidad máxima permitida por la zonificación actual.
11. Anteproyecto a nivel esquemático, plantas y cortes, a escala 1:50, 1:75, 1:100 o 1:200, utilizando la que más se ajuste a las dimensiones del proyecto. Incluuir el cuadro de áreas, señalando la escala, escala gráfica, cotas y niveles.
12. Cinco imágenes del modelo tridimensional del anteproyecto a nivel volumétrico. Incluir vistas de las colindancias donde se aprecien las alturas de los edificios existentes.
13. Estudio técnico señalado en el artículo 59 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, suscrito por Perita o Perito en Desarrollo Urbano, en el que se establezca con precisión el incremento de metros cuadrados de construcción para aumentar niveles y/o el aprovechamiento del porcentaje de área libre y se describan las características del proyecto arquitectónico que se pretende realizar, incluyendo el cuadro de áreas por nivel, así como los usos del suelo y sus efectos en el entorno urbano de acuerdo con el Programa Delegacional o Parcial de Desarrollo Urbano correspondiente.
14. Carnet del Perito o Perita en Desarrollo Urbano vigente, con el resello del año correspondiente y con la responsiva expresa con firma autógrafa que se refiera al trámite motivo de la solicitud. Copia simple y original para cotejo.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta formato de solicitud en el area de atención ciudadana de SEDUVI debidamente requistada con la documentación señalada.
2. Recibe la solicitud y la documentación anexa. revisa, coteja y registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega volante al promovente.
3. Requiere al interesado suscribir una Carta Compromiso con la finalidad de solicitar un avalúo del inmueble a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
4. Requiere el pago por el servicio valuatorio realizado.
5. El interesado paga el avalúo en las oficnas de la tesorería de la Ciudad de México y entrega el comprobante original en el Área de Atención Ciudadana y/o Oficialía de Partes de la SEDUVI.
6. Calcula el monto a pagar por concepto de la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano Predio Receptor, se informa al interesado el monto a pagar.
7. Elabora la resolución procedente.
8. El interesado realiza el pago por la superficie a obtener mediante el Sistema de Transferencia de potencialidades, en las oficinas de la Tesorería de la Ciudad de México y entrega el comprobante original en el área de atención ciudadana y/o oficialía de partes de la SEDUVI.
9. Solicitará al interesado el pago de derechos por la publicación de la Resolución en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
10. El interesado realiza el pago de derechos por la publicación de la Resolución en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y entrega el comprobante original en el Area de Atención Ciudadana y/o Oficialía de Partes de la SEDUVI.
11. Prepara y envía la resolución procedente para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
12. La Consejería Jurídica y Servicios Legales pública por una sola ve la Resolución Definitiva procedente.
13. El intersado paga los derechos de inscripción en las oficinas de la Tesorería de la Ciudad de México y entrega el comprobante original en el área de atención ciudadana y/o oficialía de partes de la SEDUVI.
14. Inscribe la resolución procedente en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
Localiza la oficina más cercana
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Benito Juárez
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Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Por el dictamen de aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades, predio receptor
Monto a pagar: $
6,881.00
Puedes pagar en:
Bancos
Oficinas tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 235 fracción VIII
Documento que se obtiene:
Resolución
Vigencia
Permanente
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
*Una vez determinada la procedencia de la solicitud, se requerirá Avalúo a Valor Comercial del inmueble, cuyo costo y pago se realizará a favor de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario; posteriormente, se llevará a cabo el pago de una Cesión onerosa a favor del Fideicomiso del Sistema de Transferencias de Potencialidades de Desarrollo Urbano, por la recepción de la Transferencia, y finalmente, se cubrirán los derechos de inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, por la Aplicación del Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano, Predio Receptor, ante la Secretaría de Administración y Finanzas (Tesorería de la Ciudad de México).
Duración / Respuesta
90 Días naturales
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1 y 16 apartado C numeral 1.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 2, 3, 51, 53, 54, 59, 60 y 61. .
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2 y 31 fracción XII.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 156 fracción XVIII.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 6 fracción II, 7, 10 fracciones III y XXII, 22, 43 y 77 fracción II.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracciones I, VII, IX y XVIII, 82, 83, 84 y 85.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...