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Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo
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Última actualización: 14 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo
Documento público en el que se hacen constar las disposiciones normativas que para un predio o inmueble determinado, establecen los instrumentos de planeación del desarrollo urbano respecto del uso del suelo.
¿Quién realiza este trámite?
Propietario, poseedor o interesado
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Carta de Naturalización - Original
ó Cartilla de Servicio Militar - Original
ó Cédula Profesional - Original
ó Certificado de Nacionalidad Mexicana - Original
ó Credencial para Votar - Original
ó Licencia para Conducir - Original
ó Pasaporte - Original
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original
3. Formato
TSEDUVI_CNZD_1.pdf
debidamente requisitado
4. Comprobante de pago de derechos correspondiente. Copia simple y original para cotejo
5. Boleta predial o Propuesta de Declaración de Valor Catastral no anterior a 12 meses de la presentación de la solicitud. En caso de inmuebles ubicados en suelo de conservación, ejidales o comunales, que no cuenten con boleta predial, se deben presentar documentos públicos que acrediten la posesión y/o regularización, así como la ubicación y superficie del inmueble y anexar croquis de localización, en el que se señalen referencias conocidas o significativas.
6. En caso de aplicación de Dictamen de Aclaración de la Zonificación de Uso del Suelo, Dictamen de Aplicación de la Normatividad de Uso del Suelo o de las Normas de Ordenación de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano, Dictamen de Determinación de Límites de Zonificación de los Programas de Desarrollo Urbano, Resoluciones de Cambio de Uso del Suelo, Resoluciones de Modificación a los Programas de Desarrollo Urbano, Sistema de Transferencia de Potencialidades de Desarrollo Urbano (predio receptor) o Dictamen de Constitución de Polígono de Actuación, se debe indicar en el apartado correspondiente el número o referencia del documento de que se trate.
7. En caso de inconsistencias en la ubicación y/o superficie del predio entre lo indicado en la boleta predial y el Sistema Centro de Información Urbana para el Desarrollo y Administración de la Ciudad de México, se debe presentar copia de cualquiera de los siguientes documentos: testimonio de la escritura pública, Licencia de Fusión, Subdivisión o Relotificación, Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial vigente o cualquier otro instrumento jurídico emitido por autoridad competente que permita identificar la ubicación y superficie del predio.
8. En caso de inmuebles propiedad de la Administración Pública, se debe presentar Constancia de Exención de Pago de Impuesto Predial vigente y documento oficial que ampare la ubicación y superficie del predio
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. El solicitante deberá ingresar al link
http://certificadodigital.cdmx.gob.mx:8080/CertificadoDigital/certificado/solicitaCertificado
2. El solicitante ingresa los datos requeridos: Cuenta catastral y Alcaldía
3. El solicitante revisa los datos del predio y confirma
4. El solicitante ingresa los siguientes datos: Nombre, Sexo, Motivo, Uso, Identificación, folio, email y su confirmación y, Datos del predio
5. El solicitante confirma los datos
6. El solicitante descarga la ficha de pago
7. El solicitante paga la línea de captura e ingresar nuevamente a la plataforma:
http://certificadodigital.cdmx.gob.mx:8080/CertificadoDigital/certificado/validacionCertificado
8. El solicitante ingresa los datos solicitados: Cuenta catastral, Folio y Cadena de verificación
9. El solicitante descarga el Certificado Digital
De manera presencial:
1. La persona interesada presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y la documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana; (sí advierte diferencias en el domicilio o la superficie del inmueble asentado en la boleta predial y la escritura pública, podrá aportar adicionalmente y en caso de contar con ellos, una copia simple de la Escritura Pública o Boleta Predial o Constancia de Alineamiento o cualquier otro documento que estime pertinente, para brindar mayores elementos que sirvan de apoyo a la Autoridad para la emisión del Certificado)
2. Personal del Área de Atención Ciudadana recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.
3. La persona interesada se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante y solicita la respuesta a la solicitud.
4. Personal del Área de Atención Ciudadana revisa y entrega la respuesta a la solicitud.
5. La persona interesada muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
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Benito Juárez
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Descarga los formatos
TSEDUVI_CNZD_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo
Monto a pagar: $
1,933.00
Puedes pagar en:
Bancos
Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 235, fracción III
Documento que se obtiene:
Certificado
Vigencia
1 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
a) El Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo no crea derechos de propiedad o posesión, ni prejuzga sobre ellos. b) Este trámite no constituye permiso, autorización o licencia. c) El Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo únicamente certifica el aprovechamiento del uso del suelo, sin perjuicio del cumplimiento de cualquier otro requisito que señalen las demás disposiciones normativas aplicables. d) Los datos asentados en el Certificado serán aquéllos que los documentos presentados especifiquen de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. e) La utilidad del Certificado corresponderá a la vigencia de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano para ejercer el derecho conferido en éste. No será necesario obtener un nuevo Certificado si se ejerce este derecho, a menos que se modifique el uso y superficie del inmueble. f) La presente solicitud deberá llenarse a máquina o con letra de molde y a tinta, en original. Se dictaminará como no presentada si la información proporcionada está incompleta o es errónea. g) El pago de los derechos correspondiente a la presente solicitud ampara única y exclusivamente el trámite, no su resolución. h) En caso de que la ubicación y/o superficie del predio no coincidan absolutamente con lo indicado en la boleta predial y/o con su situación real o actual, se deberá presentar copia simple de los siguientes documentos: - Testimonio de la Escritura Pública - Contrato Privado o Licencia de Fusión o Subdivisión o Relotificación - Constancia de Alineamiento y Número Oficial - Cualquier otro instrumento jurídico que permita identificar la ubicación y superficie del predio j) Tratándose de inmuebles de propiedad pública, deberá presentarse Constancia de Exención de Pago de Impuesto Predial vigente y documento oficial que ampare la ubicación y superficie del predio. k) Cuando por así requerirse, el Registro de Planes y Programas solicite opinión de la autoridad competente, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, o bien solicite la verificación del uso de un inmueble para determinar la continuidad, o se prevenga al solicitante, el plazo para la expedición del certificado empezará a correr a partir del día siguiente al en que se reciba la respuesta o desahogo correspondiente. l) Este trámite se puede llevar a cabo a través del link http://certificadodigital.cdmx.gob.mx:8080/CertificadoDigital/
Duración / Respuesta
3 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3 y 7 apartado A numeral 1 y 16 apartado C numeral 1.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracción I, 9 fracción IV, 87 fracción II y 92.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 6, 7, 10 fracciones III y XXII, 22 y 43.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2, 31 fracciones VII y XII.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 156 fracción XXX.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 17 fracciones I y V, 20, 21, 158 fracción I, 159 inciso a y, 160 fracción I.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...