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Autorización de estacionamiento momentáneo en vía pública
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Última actualización: 14 de septiembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Movilidad
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Autorización de estacionamiento momentáneo en vía pública
Por medio de este trámite la Secretaría determina y autoriza la ocupación temporal de la vía pública para la realización de maniobras como: -ascenso y descenso de personas, -carga y descarga de mercancías Esta ocupación no requiere la implementación de infraestructura como señalización horizontal y vertical debido a su baja frecuencia o por ser eventos de única ocasión, sin embargo por la ocupación de la vía con elementos para las maniobras, se pueden tener afectaciones en la misma.
¿Quién realiza este trámite?
Autorizar las zonas en que se permita el estacionamiento de vehículos en vía pública, para ascenso y descenso de personas, realizar maniobras de carga y descarga o detener por cualquier otro motivo un
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobantes de domicilio
Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
Recibo de Servicio de Luz - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Formato de solicitud, por duplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta la solicitud acompañada de la documentación completa
2. Revisión y dictaminación. Recibe, revisa, coteja, sella y entrega acuse
3. Se comunica con el solicitante para efecto de notificarle que su respuesta ya esta disponible
4. Se presenta en el área de atención ciudadana, recoge su respuesta.
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Documentos Adjuntos
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Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Autorización
Vigencia
Indicada en la autorización, en caso de ser procedente.
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Por medio de este trámite la Secretaría determina y autoriza la ocupación temporal de la vía pública para la realización de maniobras
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 44, 45, 49 y 89.
Otro:
Reglamento de Transito de la Ciudad de México:
Artículos 29, 30 y 32.
Otro:
Reglamento para el Control de Estacionamiento en Vía Pública de la Ciudad de México.:
Aplica en su totalidad.
Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 16, fracción XI y 36 fracciones I, XXIII y XXV.
Ley de Movilidad de la Ciudad de México:
Artículos 1,2 fracciones II, III y IV; 6, 9 fracciones XXXIV, LVI y CI; 37 fracciones II y III, 81, 170 fracción IV; 207, 208 y 209.
Otro:
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.:
Artículos 16 fracción I, 17, 19, 20 fracciones I y III y 25.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 196, fracciones IV, V y 196 Bis fracción X.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...