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Asignación, Modificación o Aclaración de Nomenclatura de Vías Públicas, Espacios Públicos, Límites de Colonias y Alcaldías
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Última actualización: 14 de enero de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Asignación, Modificación o Aclaración de Nomenclatura de Vías Públicas, Espacios Públicos, Límites de Colonias y Alcaldías
Trámite por medio del cual los usuarios obtienen de la autoridad el documento oficial que asigna, modifica o aclara la situación de la nomenclatura oficial de calles, límites de colonias y alcaldías.
¿Quién realiza este trámite?
Propietarios o poseedores de predios o inmuebles en la Ciudad de México
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Cartilla de Servicio Militar - Copia(s) Simple(s)
ó Cédula de Identidad Ciudadana - Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDUVI_SDUVD_AMA_1_3.pdf
debidamente requisitado
4. Copia de la propuesta de valor catastral y pago del impuesto predial (“boleta predial”), expedida por la Tesorería del La Ciudad de México o declaración de valor catastral y pago del impuesto predial (“boleta predial”), del predio correspondiente..
5. Copia de cualquiera de los siguientes documentos: testimonio de la escritura pública, contrato privado o cualquier otro instrumento jurídico que de certeza de la ubicación del inmueble.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana
2. Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma
3. Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud
4. Revisa y entrega la respuesta a la solicitud
5. Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
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Benito Juárez
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDUVI_SDUVD_AMA_1_3.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Oficio
Vigencia
Permanente
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin información adicional.
Duración / Respuesta
15 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 2, 3, 17 fracción VI inciso j), 44, 45, 47 y 48
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III y 7 fracciones I y VII.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículo 21
Otro:
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal:
Artículo 7 fracción XVII.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 154 fracciones II y XXIX
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 7, 10 fracciones III y XXII, 22 y 43.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3 y 7 apartado A numeral 1
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2 y 31 fracción XII.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...