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Sustitución o Retiro de Corresponsable, Perita o Perito
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Última actualización: 12 de octubre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
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Sustitución o Retiro de Corresponsable, Perita o Perito
El solicitante del trámite obtiene el retiro o sustitución del corresponsable, perita o perito correspondiente.
¿Quién realiza este trámite?
Interesados es sustituir o retirar al corresponsable, perita o perito correspondiente.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Formato
TSEDUVI_CRP_1.pdf
debidamente requisitado
4. Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión. Copia simple y original para cotejo.
5. Licencia de Construcción, Registro de Manifestación de Construcción, Solicitud de Impacto Urbano o Dictamen de Impacto Urbano. Copia simple y original para cotejo.
6. En caso de solicitud realizada por Perita, Perito o Corresponsable, deberán presentarse únicamente requisitos generales 1, 2 o 3. Copia simple y original para cotejo.
7. Carnet vigente de Perita, Perito o Corresponsable.
8. Formato de solicitud debidamente requisitado
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. La persona interesada acude a las oficinas de SEDUVI, en Ventanilla Única para entregar la solicitud en el formato correspondiente.
2. La Ventanilla Única de la SEDUVI recibe formato debidamente requisitado y documentación, sella de recibido y asigna folio de Ventanilla Única.
3. El área correspondiente revisa los documentos, en caso de hacer falta alguno lo solicita por medio de prevención al particular.
4. El interesado tendrá que entregar en 5 días hábiles en las oficinas de SEDUVI la prevención.
5. Se reciben los documentos faltantes.
6. El área correspondiente procede a elaborar el acta administrativa de sustitución o retiro de Perita, Perito o Corresponsables para la firma de los involucrados.
7. Una vez firmado, el área correspondiente de la SEDUVI evalúa y asigna folio.
8. Se entrega la respuesta de la solicitud.
9. Se cita al particular para acuda a recogerla
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Selecciona
Benito Juárez
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDUVI_CRP_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Acta de sustitución o retiro
Vigencia
Por el periodo que reste para concluir la vigencia originalmente otorgada
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin información adicional.
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8o.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 1 fracción IX
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 4 fracción III y 7 fraccciones I, VII, XXV y XXVI.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículos 3 fracción V y 40 fracción I
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 7, 10 fracciones III y XXII, 22 y 43.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 bis, 40, 41, 42 y 44.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3 y 7 apartado A numeral 1.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 1, 2, 3, 103, 106, 108,109 y 133 fracciones III y IV.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 2 y 31 fracciones XII y XVIII.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...