Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. Se podrá presentar la "Acreditación de personalidad jurídica", por medio de Acta Constitutiva de última designación en Asamblea y Poder Notarial o "Carta poder en representación de persona física dirigida a la Secretaría de Movilidad, haciendo mención al número de concesión, trámite a realizar, así como firma de los interesado y 2 testigos y los datos requeridos para el mismo, únicamente en el supuesto de imposibilidad para presencia del titular.
2. La factura del vehículo debe cumplir con el modelo y las especificaciones técnicas establecidas por la Secretaría. Asimismo, si no es la primera persona que es propietaria del vehículo, la factura deberá contar con el último endoso correspondiente o el último contrato (o carta responsiva) o documentales que acrediten compraventa según corresponda a nombre del actual propietario del vehículo, siendo de estricta responsabilidad del vendedor y comprado, en caso de controversia, acreditar la propiedad del vehículo, para lo cual, se deberán presentar los documentos conforme a las siguientes reglas:
- Factura digital (no endosable), acompañada del último contrato de compra-venta (o carta responsiva), con copia de identificación del último vendedor.
- Factura no digital (sí endosable) - que no cuenta con cadena o sello digital, ni código QR- deberá presentar el último endoso correspondiente de la factura. Además, para los casos que intervengan personas morales en dicha transmisión, la persona interesada deberá presentar la refactura a su nombre, y una copia de la factura de origen.
- En caso de no contar con factura de origen, se podrá exhibir copia de la factura expedida por la agencia automotriz, medios preparatorios para obtener el reconocimiento sobre la transmisión de la propiedad por el enajenante, diligencias de jurisdicción voluntaria sobre la declaración judicial de la acreditación de la propiedad del vehículo, o algún otro documento que se le equipare, emitido en términos de la normatividad correspondiente.
3. La Secretaría realizará por sus propios medios, la verificación del Reporte de Robo, así como el pago de Tenencias y Refrendos de los últimos 5 años y el pago de Revistas vigente y dos anteriores.
4. Los documentos no deben tener alteraciones, tachaduras y/o enmendaduras y no ser de arrendamiento.